Acusado de matar a su esposa será juzgado por jueces técnicos
Javier Cerfoglio desechó la opción del juicio por jurados
:format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2024/12/tragico_final_el_auto_en_el_que_cerfoglio_cargo_a_su_mujer_aun_con_vida.jpg)
El femicidio de Magalí Vera (34) se ventilará durante un debate en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Necochea. Esto se dará porque el único imputado, Héctor Javier Cerfoglio (40), optó ser juzgado por jueces técnicos y dejó de lado la modalidad del juicio por jurados.
De esta manera, el esposo de la víctima, se inclinó por ser juzgado por jueces técnicos en un juicio penal, donde la decisión de “culpabilidad o inocencia”, la tomarán los miembros del tribunal de jueces profesionales, en lugar de un jurado popular.
Se trata del modelo de juicio tradicional donde la participación ciudadana en la decisión del veredicto no existe, y los magistrados oficiales aplican la ley y dictan la sentencia, basándose (lógicamente) en las pruebas presentadas por los representantes de las partes intervinientes.
Evidencias colectadas
En este conmovedor episodio que se registró en la madrugada del 1º de diciembre de 2024, la Fiscalía Nº 10 de la temática de violencia de género ofrecerá las distintas evidencias colectadas en la etapa de instrucción penal preparatoria.
También aportará lo suyo el letrado que asistirá al particular damnificado (la familia de Vera) y el defensor oficial, que representará legalmente a Cerfoglio en el debate oral.
Luego de la instancia mencionada que se dio en el Juzgado de Garantías, la causa judicial quedará radicada en el Tribunal Criminal Nº 1 y se dispondrá de la fecha de desarrollo del juicio oral, que podría concretarse después de la feria judicial de enero próximo.
Dura pena
El fiscal que investigó el caso, Marcos Bendersky, acusó a Javier Cerfoglio del delito de “homicidio cuádruplemente agravado por el vínculo, alevosía, ensañamiento y en un contexto de violencia de género”.
La Justicia de Garantías confirmó esa carátula legal y rechazó el pedido realizado por la Defensoría Oficial de dejar de lado alguno de los agravantes planteados por la Fiscalía.
De esa forma, el esposo de Magalí Vera enfrenta una pena de prisión perpetua de ser considerado “culpable” de lo sucedido por los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Necochea.
Cabe acotar que la postura del Ministerio Público Fiscal es acompañada por el abogado particular de la familia Vera, Juan Manuel Ióvine, quien trabajará en conjunto con el fiscal durante el desarrollo del debate oral.
Por su parte, el imputado de “femicidio”, estará asistido legalmente por el represente de la Defensoría Oficial, Marcelo Ruiz.
El “femicidio” en el país es un agravante del “homicidio”
En la Argentina, el “femicidio” no es un delito autónomo en el Código Penal, sino un agravante del homicidio previsto en el artículo 80, inciso 11, que establece una pena de prisión o reclusión perpetua.
Este inciso fue incorporado en 2012, mediante la Ley 26.791 y penaliza la muerte de una mujer por un hombre cuando media violencia de género, cumpliendo así los compromisos internacionales del país.
El contexto de la pena
Según se indica en la legislación, un agravante del homicidio es el “femicidio” y se encuentra dentro de las figuras agravadas del delito de homicidio.
Es decir, no es un tipo penal distinto, sino una circunstancia que eleva la pena del homicidio a la prisión o reclusión perpetua.
La violencia de género: Para que se configure, el hecho debe ser perpetrado por un hombre y mediar violencia de género, en los términos de la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743).
El reconocimiento internacional: La inclusión de esta figura se realizó para cumplir con los compromisos asumidos por Argentina en convenciones internacionales para la protección de los derechos humanos de las mujeres, según las fuentes consultadas.
Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión