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    Anularon el procesamiento de De Vido en la causa por el soterramiento del Sarmiento

    21 de agosto de 2019 | 14:05
    Anularon el procesamiento de De Vido en la causa por el soterramiento del Sarmiento
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    La Cámara Federal porteña dejó sin efecto el procesamiento del exministro Julio De Vido, varios de sus exfuncionarios y empresarios en la causa por el soterramiento del tren Sarmiento, al tiempo que dejó sin efecto la falta de mérito dictada a Ángelo Calcaterra, primo del presidente Mauricio Macri y dueño de Iecsa.

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    La resolución fue dictada por los integrantes de la Sala II de la Cámara Federal porteña, Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, quienes dejaron sin efecto la resolución del juez Marcelo Martínez De Giorgi en la que habían sido procesados el exministro de Planificación, Julio De Vido, y sus ex funcionarios Roberto Baratta, Ricardo Jaime, Juan Pablo Schiavi y José López, por el delito de «negociaciones incompatibles, incumplimiento de deberes de funcionario público y dádivas».

    También fueron beneficiados con la medida los empresarios Héctor Javier Sánchez Caballero, de Iecsa, y Héctor Castro Sirerol, de Comsa. Además, los camaristas anularon la falta de mérito del primo de Macri, Ángelo Calcaterra, y Jorge «Corcho» Rodríguez.

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    La causa por el soterramiento del tren Sarmiento es una derivación del caso Odebrecht. En el marco del Lava Jato, los dueños de Odebrecht admitieron haber pagado 36 millones de dólares a funcionarios argentinos hasta el 2015 para manipular diversos contratos de obra pública.

    Martínez De Giorgi procesó a los ex funcionarios y los empresarios vinculados con la operación, pero dejó afuera a Calcaterra y Rodríguez porque no podía darse por corroborado el circuito de coimas.

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    En el fallo de hoy, Irurzun y Bruglia argumentaron que el juez «no había fundamentado debidamente distintos aspectos que se debían analizar». Entre otros, señalaron que en el marco de esta causa se firmó un acuerdo de colaboración con la justicia brasileña, por lo que Martínez De Giorgi se «deberá volver a pronunciarse».

    Es por ello que ordenaron que «una vez que cuenta con los elementos requeridos para completar la instrucción y corroborar determinadas referencias se expida» sobre «los cargos que pesan sobre los acusados».

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