Apelarán fallo del juicio por la muerte de Leonel de Acevedo
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El Tribunal Correccional absolvió al conductor involucrado en el accidente
Se supo que tanto el Ministerio Público fiscal como el representante del particular damnificado recurrirán ante la Cámara de Apelaciones para tratar de que el fallo del juicio por la muerte de Leonel de Acevedo quede sin efecto.
En el veredicto, dado a conocer días atrás por el Tribunal Correccional, fue absuelto el conductor del automóvil involucrado en el accidente en el que de Acevedo resultó lesionado de gravedad.
El fallo fue dado a conocer el lunes pasado y provocó la inmediata reacción de la familia del joven que falleció en la ciudad de Mar del Plata el 3 de agosto de 2013, luego de permanecer varios días en coma.
En el veredicto se brindan detalles de la exposición de un automovilista que circulaba por la calle 50 y al llegar a 67 debió frenar porque el semáforo se puso en amarillo.
Esta persona dijo que vio pasar a su lado un auto negro y que también vio cómo se produjo el accidente 100 metros más adelante.
Sin embargo, el fallo indica que “las fotos y las pericias accidentológica acreditan una mecánica diametralmente opuesta a la narrada por el testigo”.
Por otra parte, el perito accidentológico de la Policía Científica, quien indica en su testimonio que el automóvil del imputado “ya había traspasado el punto medio con la calle 50” y que circulaba a 39.3 kilómetros por hora, de acuerdo a las huellas de frenado.
A raíz de este y otros elementos existentes en la causa, el juez considera que no existen elementos que permitan acreditar que existió una actitud dolosa por parte del imputado, es decir una intención deliberada de causar daño.
Por otra parte, señala que actitud “imprudente” de la víctima, por circular a “excesiva velocidad” y la “no utilización del casco reglamentario”.
No obstante ello, tanto el fiscal Guillermo Sabatini como Francisco Arrospide, representante del particular damnificado, consideran que existían elementos suficientes para probar la responsabilidad del imputado.
Sabatini había solicitado en una pena de 5 años de prisión y la inhabilitación para conducir por 10 años.
El fallo se dio a conocer el lunes pasado y la audiencia se prolongó por breves minutos y el hombre fue invitado por el personal de seguridad a retirarse del recinto, y lo acompañó el defensor oficial, Marcelo Ruiz, quien en su alegato del viernes pasado había solicitado la medida absolutoria.
El representante legal del imputado consideró que no estaba acreditado “el accionar imprudente” del conductor del vehículo, la fatídica noche del 23 de julio de 2013, a casi seis años del siniestro vial que le costó la vida al joven motociclista.
Y esa postura fue avalada por el juez Correccional Ernesto Juliano. Al resolver este caso, el magistrado se apoyó nuevamente en la expresión del juez de Lázzari (Suprema Corte de Buenos Aires), tal cual lo hizo al momento de dictar sentencia en el “homicidio culposo”, del que resultó víctima otra motociclista, Nicolás Facundo Ruiz (19).
El titular del Juzgado Correccional manifestó en otra parte del fallo, al que tuvo acceso Ecos Diarios, que “más allá del muy lamentable desenlace con la pérdida de una vida joven”, la prueba arrimada por el Ministerio Público Fiscal no fue suficiente para acreditar la “hipótesis incriminante hacia el encartado”.
En similar situación
También el fallo del juez Ernesto Juliano por la muerte del motociclista Nicolás Facundo Ruiz, de 19 años, se encuentra en la Cámara de Apelaciones.
Al igual que ocurrió en el juicio por la muerte de de Azevedo, el imputado también fue absuelto. Ese fallo, registrado el 22 de abril pasado, también fue cuestionado, aunque todas las pruebas indicaban que el imputado tenía el derecho de paso cuando se produjo la colisión.
Ruiz también circulaba sin casco por la calle 73 cuando chocó con una camioneta en la esquina de 32.
El impacto de la motocicleta fue entre el guardabarros delantero izquierdo y el parante del parabrisas de la camioneta, por lo que quedaba claro que el conductor del rodado mayor tenía paso.
En el lugar del accidente no quedaron huellas de frenado y el conductor de la camioneta no se detuvo a ver qué había ocurrido con el motociclista, a pesar de que el cuerpo debió pasar volando por delante del parabrisas.
Ruiz falleció en forma instantánea y el conductor de la camioneta recién se entregó días después, por lo que no se le pudieron hacer pruebas de alcoholemia.
Otro juicio
El conductor de la motocicleta que atropelló a la jubilada Elvira Antonia Kruzich y le provocó la muerte, finalmente ira a juicio imputado de “homicidio culposo” y el debate comenzará el 30 de septiembre próximo.
La muerte de Kruzich ocurrió hace ya tres años tras un trágico accidente de tránsito en la esquina de avenida 59 y 50.
La jubilada de 82 años fue embestida en ese lugar por una motocicleta marca Motomel de 150 cc., de color negro, que era conducida por Gonzalo Márquez, de 31 años.
En el juicio que se le seguirá al motociclista se tratará de determinar su responsabilidad en el accidente.
Por tratarse de una causa caratulada “homicidio culposo”, el joven motociclista no estuvo en ningún momento detenido y continuará en libertad hasta la realización del juicio.