APREVIDE aclaró que las prohibiciones son solo como espectadores
La Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De.) respondió oficialmente a la consulta de la Liga Necochea de Fútbol
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La Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De.), dependiente del Ministerio de Seguridad bonaerense, envió una nota oficial al presidente del Tribunal de Penas de la Liga Necochea de Fútbol, Julián Coronel, en respuesta a la consulta formulada tras la protesta presentada por el Club Villa Díaz Vélez que dejó en suspenso la final del torneo local.
En el documento, la A.Pre.Vi.De. aclaró que las prohibiciones de concurrencia dispuestas por la Resolución N° 204/2025 alcanzan únicamente a las personas en su carácter de espectadores, y no como jugadores, integrantes del cuerpo técnico o árbitros. “La prohibición de concurrencia en calidad de espectador no obsta a que pueda participar como jugador y/o miembro de un cuerpo técnico en cualquier deporte”, sostiene el texto oficial
El organismo provincial detalló que si bien mantiene la facultad preventiva de impedir el ingreso de determinados individuos a los espectáculos deportivos —en virtud del artículo 27 bis de la Ley 11.929—, no posee competencia para imponer sanciones de tipo deportivo. Por tanto, la posibilidad de que un futbolista o técnico sancionado judicialmente actúe en un encuentro dependerá exclusivamente del tribunal de disciplina correspondiente.
Con esta aclaración, la resolución de la A.Pre.Vi.De. despeja el principal argumento de la protesta presentada por Villa Díaz Vélez, que cuestionaba la supuesta “mala inclusión” de dos jugadores de Independiente de San Cayetano en la semifinal. La definición del caso quedará ahora en manos del Tribunal de Disciplina de la Liga, que deberá resolver si la final suspendida puede finalmente programarse.
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