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    Atacó a tiros a un remisero y fue condenado por la Justicia

    Un hombre recibió una pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por “abuso y portación ilegal de arma”

    13 de enero de 2024 | 11:14
    Atacó a tiros a un remisero y fue condenado por la Justicia
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    Un hombre que trabaja en un campo fue condenado a prisión en suspenso por atacar a tiros a un conductor de un remise que ingresó a un establecimiento agrario cercano a la ruta provincial 227, en cercanías al acceso a la planta urbana de Quequén. 

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    El trabajador del volante se dirigía a un campo denominado “San Juan” y se desorientó en ese momento, por lo que vio luz en un chalet de otro predio rural y entró con el vehículo, tocando bocina y con las balizas encendidas.

    El chofer del remise fue agredido con disparos de arma de fuego y prueba de ello, fue que los cristales del automóvil terminaron dañados. Posteriormente, se dirigió al Destacamento de Seguridad Vial y a la Comisaría Segunda de Quequén, donde radicó la denuncia de lo ocurrido.

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    En un trámite de juicio abreviado, Juan Raquiar, con domicilio en calles 592 y 597, de Quequén, fue condenado a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, por ser hallado responsable de los delitos de “abuso de arma y portación ilegal de arma de fuego de uso civil”.

     

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    Reglas de conducta

    Atento lo pactado por las partes (la Fiscalía y la defensa del acusado), el juez Correccional Ernesto Carlos Juliano, impuso como reglas de conducta y por

    el término de dos años, que el condenado Raquiar, fije domicilio y se someta por igual término al contralor del Patronato de Liberados.

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    “Del mismo modo, imponer como condición especial en los términos del artículo 27

    bis del Código Penal y por el plazo de dos años, que el condenado se abstenga de acercarse, a un radio menor a los cien metros respecto de la persona de la

    denunciante”, indica un tramo del fallo del Juzgado Correccional al que tuvo acceso Ecos Diarios.

    Asimismo, se dejó establecido que el condenado no puede contactar al remisero yendo a su domicilio particular, lugar de trabajo o esparcimiento, o donde fuere que el mismo se encuentre, medida que comprende todo tipo de contacto a través de cualquier medio tecnológico (telefónico, mensajes, redes sociales, etcétera). ////

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