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    Casación ordenó que apliquen pena a conductor acusado de matar a motociclista

    30 de octubre de 2019 | 22:02
    Casación ordenó que apliquen pena a conductor acusado de matar a motociclista
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    El lunes 22 de abril el juez correccional Ernesto Juliano absolvió por el beneficio de la duda a un conductor que estaba imputado de “homicidio culposo”. Ahora, el Tribunal de Casación revocó la absolución y el magistrado deberá dictar sentencia.

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    En abril Juliano consideró que la víctima, Nicolás Ruiz (19), asumió riesgos en su accionar como la “excesiva velocidad, circular sin prioridad de paso y la no utilización del casco reglamentario”. Por esa razón decidió la absolución de Martín Traico, el acusado por el delito de “homicidio culposo”.

    Ernesto Juliano se apoyó en el “beneficio de la duda” y consideró que no había “certeza positiva para condenar” al imputado, quien protagonizó el trágico accidente en la madrugada del 6 de octubre de 2017, en calles 32 y 73.

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    Tras el debate, los representantes del particular damnificado manifestaron que apelarían la medida ante el Tribunal de Casación. La misma postura sostuvo el fiscal Horacio Sirimarco. “Estamos sorprendidos, creemos desde la Fiscalía que había elementos suficientes para condenarlo pero no lo entendió así el juez (Ernesto Juliano) y apelaremos el fallo”, señaló el representante del ministerio público.

    En el debate se pudo comprobar que Traico conducía la camioneta que chocó con la moto de Ruiz y que luego de la colisión, se alejó del lugar y permaneció diez días en carácter de prófugo de la Justicia.

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    Pero Juliano dudó de la culpabilidad de Traico. “Entiendo y comparto el dolor de los familiares del joven Ruiz”, dijo en su alocución final. “Siempre resulta muy dolorosa la pérdida de un ser querido, máxima tratándose de una vida tan joven, y la forma en que ocurrió tan trágica”.Reconoció que “más difícil se hace la tarea del juzgador, al analizar la prueba legalmente colectada y acercada al debate, realizar o no un juicio de reproche sobre la persona sometida a proceso, una vez efectuada la acusación por el actor penal”.

    “Es correcto afirmar que sólo la certeza positiva permite condenar y que los demás estados del juzgador respecto de la verdad remiten a la absolución, como consecuencia del ‘in dubio pro reo’”, coincidió el magistrado al brindar el veredicto.

    Traico había llegado al edificio del Juzgado Correccional con las esposas colocadas y custodiado por dos efectivos del servicio de Traslado de Detenidos.

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    Tras escuchar la sentencia, el hombre de 40 años recuperó la libertad en el mismo Juzgado Correccional y la propia secretaria de dicho organismo lo notificó que cesaba la medida de arresto domiciliario.

    Sin embargo, tras la decisión del Tribunal de Casación, el juez Juliano deberá aplicarle una pena.

    Se espera que el expediente llegue de Dolores para que el juez pueda dictar finalmente sentencia.

    Se debe recordar que la Fiscalía había pedido en su alegato una pena de seis años de prisión. Había basado el pedido de pena en el andar “imprudente” de parte del hombre que guiaba el vehículo de mayor porte y que mostró “desprecio por la vida ajena”.

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