Caso de abuso: cuestionan la decisión del jurado popular
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La defensa de los imputados presentó el recurso de apelación que fue elevado al Tribunal de Casación para que resuelva
La defensa de los condenados a 10 años de prisión, Santiago Duré y Luis Ferreyra, imputados de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una menor de La Dulce, cuestionó la decisión del jurado popular de decretar “la culpabilidad” de los jóvenes.
Para los letrados que asisten a los dos sentenciados por el Tribunal Criminal, tras el fallo de los “jueces del pueblo”, no se resolvió en base a las pruebas mostradas en el debate y apeló la medida.
Presentaron el recurso correspondiente ante la instancia del Tribunal Criminal que aceptó el planteo y lo derivó a los jueces del Tribunal de Casación bonaerense, para que analicen los distintos aspectos y resuelvan.
Los abogados que representan a Duré y Ferreyra, entienden que el jurado popular no emitió una decisión correcta al declarar “la culpabilidad” de los acusados por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.
Pena excesiva
Asimismo, en el recurso presentado en la Justicia, los defensores particulares consideraron que la pena de 10 años de cárcel para ambos jóvenes oriundos de La Dulce es excesiva.
El debate oral se desarrolló durante la maratónica jornada del 13 de abril pasado, en el recinto del Tribunal Criminal Nº 1, donde prestaron declaración más de 20 testigos que convocaron las partes.
Luego de escuchar todas las posiciones, la de Fiscalía y la de los defensores particulares de los imputados, los 12 miembros del jurado popular debatieron por espacio de casi dos horas y llegaron a un acuerdo.
Encontraron “culpables” a Duré y Ferreyra del delito por el que fueron juzgados y días después, la jueza Luciana Irigoyen Testa, decidió dictar la pena de 10 años de cárcel para ambos individuos.
Cabe recordar que la investigación del caso estuvo a cargo de la UFI Nº 10, a cargo de Walter Pierrestegui, quien luego llevó a cabo la acusación correspondiente a ambos individuos.
Otra calificación
Por otro lado, para los letrados que asisten a los dos jóvenes que están detenidos en pabellones de la Unidad penal Nº 37, de Villa Cacique Barker, la calificación legal del caso debería ser distinta.
Se apoyan en lo que expresa el artículo 120 del Código Penal provincial, bajo la figura de “estupro”, lo que implicaría que el abuso sexual fue por consentimiento y por enamoramiento y no “por la fuerza” (artículo 119) como se planteó en el debate oral desarrollado en la Justicia.
Ahora, el planteo realizado está en poder de los jueces del Tribunal de Casación, quienes analizarán toda la causa que se ventiló en el reciente juicio por jurado. ////
En un campo de La Dulce
En enero del 2020, en Nicanor Olivera, Estación La Dulce, se conoció la denuncia de los hechos acontecidos en un campo de esa localidad, tras una jornada recreativa en el balneario José Wernld, del paraje Puente Blanco
En la oficina de Políticas de Género, de Necochea, se recepcionó una denuncia que se caratuló como “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la participación de dos personas”.
Según se ventiló durante el debate oral en la sala del Tribunal Criminal, los hechos ocurrieron alrededor de la hora 20, en un campo de la jurisdicción de La Dulce, y se prolongaron hasta antes de las 22 de un domingo de enero.
La víctima era menor de edad al momento de producirse el episodio que luego se ventiló en el debate oral con participación de “jueces del pueblo”.
La jovencita, domiciliada en La Dulce, estuvo primero en el balneario del paraje Puente Blanco con amistades y luego retornó a La Dulce en una camioneta en la que se trasladaban Ferreyra y Duré, pero en el camino, ingresaron a un campo y allí se produjeron los hechos. ////