Proyectos para regular elaboración y venta de cerveza
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Serán presentados esta semana en el Concejo Deliberante. Habrá más controles sobre los emprendimientos productivos que se desarrollan en nuestra ciudad
Esta semana se presentarán en las diferentes comisiones del Concejo Deliberante dos proyectos para regular la fabricación y comercialización de cerveza artesanal.
Esto se debe a la explosión que tuvo este sector en el último año, lo que genera que se multipliquen los emprendimientos que elaboran esta bebida, como así también se abrieron locales exclusivos para vender al público este producto.
Debido a esta irrupción este tipo de negocios o fábricas no se encontraban legislados en nuestra ciudad por lo cual hace alrededor de dos meses que desde el bloque del Frente Renovador, se empezó a trabajar en una iniciativa que aborde en forma integral esta práctica.
Para llegar a confeccionar estas propuestas el concejal Luciano González, impulsor de los proyectos, se reunió con cerveceros, tanto fabricantes como revendedores y también analizó como han actuado ciudades similares en este tema.
Al no tener nada que la regule casi no tenían controles, ya sean en la fabricación como en los locales que la vendían, los cuales eran habilitados como un bar normal pero el productor que vendía no estaba fabricado en serie sino en forma artesanal por lo cual tampoco tenían los controles de bromatología.
La propuesta
El proyecto, que habla sobre la fabricación, en sus primeros artículos crea el rubro para obtener la habilitación como » establecimiento gastronómico con elaboración de cerveza artesanal; productor de cerveza artesanal”.
Luego indica que “el sector de producción deberá tener las paredes cubiertas con material cerámico o similar (o aquel que disponga la dirección de bromatología municipal), de fácil limpieza, así como el cielorraso deberá ser de material ignífugo”. También señala que “en el caso de que la producción se realizara en propiedades que también se utilicen como vivienda, el sector de producción, deberá funcionar aislada”.
Asimismo “deberá contar con un sector que será refrigerado para los envases que se encuentren llenos, manteniendo al producto en una temperatura que será de entre 1° y 8° centígrados”.
Estos envases deberán estar etiquetadas donde deberá figurar en la etiqueta: Fabricante de la cerveza, RNPA, Tipo de cerveza, Graduación Alcohólica, Fecha de Vencimiento y la Leyenda «beber con moderación» y «prohibida su venta a menores de 18 años».
Controles
En las fábricas en el caso de comercializar el producto embotellado, deberá contar con un sector exclusivo para la pasteurización del producto y llenado de las mismas, el cual deberá ser aprobado por la dirección de Bromatología de la Municipalidad de Necochea, esta dirección deberá inspeccionar los lugares habilitados cada seis meses”.
En todos los casos los productores deberán, mensualmente junto a Bromatología, realizar un control de calidad de agua.
También podrá utilizarse para la higiene de los botellones el sistema de limpieza que usa agua caliente y vapor lanzándola al interior del vaso o botellón denominado «pitcher rinser» u otro método, previa aprobación de esta área.
Esto marca una importante diferencia con lo que sucede hoy dado que esta normativa pone como un acto necesario e importante a la dirección de Bromatología que no sólo contralará el lugar donde se fabrica sino también la calidad del producto.
Los productores que se encuentren en actividad, al momento en que sancione la presente reglamentación, deberán ser notificados dentro de los 20 días corridos y tendrán un plazo de 120 días corridos para su regularización.///
Los comercios
Con respecto a la normativa para habilitar un comercio para despachar cerveza artesanal se indica que “los establecimientos habilitados en rubros de elaboración de cerveza artesanal y los de rubros gastronómicos: cervecerías, restaurantes o bar que cumplan con los requisitos de esta ordenanza se encuentren en condiciones de desarrollar esta actividad”.
Entre las condiciones se solicita que los productos a fraccionar deberán conservarse en lugares con la temperatura y las condiciones de salubridad que corresponda; los envases deberán estar rotulados con los siguientes datos: Fabricante de la cerveza, RNE, RNPA, Tipo de cerveza, Graduación Alcohólica, Fecha de Vencimiento. En la misma etiqueta deberá constar que el producto fuera envasado en origen y la fecha en que se realizó el mismo.
Además en caso de rellenar envases provenientes del cliente (botellones de vidrio – acero inoxidable – o cualquier otro material apto), previo al llenado, el mismo, recibirá un proceso de higiene a fin de asegurar la calidad, inocuidad y conservación del producto. Estos deberán ser higienizados en un sector con una superficie mínima de 4 m². y 3 m. de altura, con provisión de agua caliente a 80º C., agua fría, pileta con capacidad suficiente para tal fin conectada a red cloacal, piso y cielorraso sanitario, friso en perímetro a 2 m de altura y rejilla de baldeo.
El proceso de limpieza indefectiblemente deberá ser a la vista del público.
Además se indica que una vez llenado el envase con el producto fraccionado, se deberá colocar un precinto, estampilla o similar que asegure su inviolabilidad y la no adulteración del contenido. Estos se rotularán con los siguientes datos: Fabricante de la cerveza, RNE, RNPA, Tipo de cerveza, Graduación Alcohólica, Fecha de Vencimiento y la Leyenda ¨beber con moderación» y «prohibida su venta a menores de 18 años».
Por último se informa que “se otorgará un plazo de ciento veinte días contados desde la promulgación de esta ordenanza para que los establecimientos que se encuentren comprendidos en la misma presenten la documentación necesaria ante el Municipio.