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    CIARA-CEC le reclamó a Caputo que defina la adjudicación de la Hidrovía y la exención de IVA al dragado

    Las dos entidades del complejo agroexportador enviaron una nota al ministro de Economía para pedir que se concluya "de manera prioritaria y definitiva" el proceso de la Vía Navegable Troncal y que se formalice la no aplicación del impuesto a los servicios de dragado y balizamiento.

    16 de junio de 2026 | 15:43
    CIARA-CEC le reclamó a Caputo que defina la adjudicación de la Hidrovía y la exención de IVA al dragado
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    La Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA) y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC) le pidieron formalmente al ministro de Economía, Luis Caputo, que el Gobierno nacional adopte las medidas necesarias para concluir el proceso de adjudicación de la Vía Navegable Troncal (VNT), hoy en su etapa final de pre adjudicación. En la nota, firmada por el presidente de ambas entidades, Gustavo Idígoras, y dirigida también al director ejecutivo de la ANPYM, Iñaki Arreseygor, las cámaras remarcaron que la VNT es "la infraestructura estratégica más relevante" para la competitividad del sistema agroexportador y para la logística fluvial del Cono Sur.

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    El reclamo se apoya en el marco normativo vigente. Las entidades recordaron que el Decreto 949/2020 ordena expresamente la realización del proceso licitatorio bajo el sistema de peaje a riesgo empresario, mientras que el Decreto 556/2021 asignó la administración a la Administración General de Puertos (AGP) con carácter excepcional y temporal, a la espera de la licitación definitiva. Para CIARA y CEC, la prolongación indefinida del esquema transitorio contradice el espíritu de esos decretos y genera una incertidumbre regulatoria incompatible con un servicio público esencial como la navegación troncal.

    El segundo eje de la presentación apunta a lo tributario. Las cámaras solicitaron que el Poder Ejecutivo formalice la no aplicación del IVA a los servicios de dragado y balizamiento que prestará el futuro concesionario. Argumentaron que el artículo 7º inciso h) de la Ley de IVA 20.631 exime a los servicios directamente vinculados a operaciones de exportación, y que el dragado y el balizamiento constituyen un insumo indispensable para la navegación internacional. Recordaron, además, que durante la concesión anterior de Hidrovía S.A. el servicio de dragado no estuvo alcanzado por el impuesto, lo que configura —según la nota— un precedente administrativo consolidado.

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    Por último, las entidades sostuvieron que resolver con rapidez ambos puntos —la adjudicación y la definición impositiva— permitiría otorgar certeza regulatoria a los operadores, asegurar la continuidad operativa sin riesgos para el comercio exterior y consolidar un marco contractual estable, alineado con los estándares internacionales de concesiones de infraestructura crítica. Idígoras pidió "respetuosamente" que el Gobierno priorice la finalización del proceso y emita la normativa que confirme la exención del IVA al futuro concesionario.

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