Continúan las clausuras de locales bailables
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Los comerciantes incumplieron la ley 14.050. A partir del jueves se intensificarán los operativos
Es algo usual que se realicen controles en temporada de verano por venta de bebidas alcohólicas a menores y su presencia en locales nocturnos, lo que sí llama la atención que en el lapso de una semana, inspectores del Reba, Registro de comercialización de bebidas alcohólicas, perteneciente al Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires realizó controles durante cuatro días en nuestra ciudad, habiendo clausurado varios comercios por incumplir la ley 14.050.
El segundo fin se semana de enero, procedió a clausurar tres locales de la villa balnearia y este sábado se incrementó la clausura, siendo cuatro los comercios que tuvieron que cerrar sus puertas, alguno por el lapso de 72 horas y otros por siete días. A cada uno de estos se les encontró alguna falencia como puede ser la presencia de algún menor, el ingreso fuera de horario, un expendio que no corresponda, clausurándose de forma inmediata, culminando la actividad en ese momento.
Estos operativos de control se han realizado en boliches bailables, confiterías, bares, con el objetivo de fiscalizar la ley por la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad, venta fuera horario o sin licencia ReBA y además realizan controles de alcoholemia.
La ley 14.050, prevé el ingreso de personas hasta las 2 de la mañana, no puede haber menores, no se puede vender alcohol a menores y el expendio de bebidas finaliza a las 4.30, siendo el horario de cierre de los boliches en nuestro medio a las 6.30.
Para las autoridades municipales, estos controles son un apoyo importante por parte de Provincia, con respecto a que sea eficiente una ley.
Reba asiste a los comercios con sus inspectores y personal de seguridad y puntualmente el fin de semana pasado también estuvieron participando de los controles, personal de Recap, Registro Público de Controladores de Admisión y Permanencia, verificando al personal de seguridad que trabaja en los boliches nocturnos.
Los controles continuarán este fin de semana en nuestra ciudad, a partir del jueves en adelante.
Situación
La primera clausura que se llevó a cabo en algunos comercios fue por el lapso de 7 días, otros por 72 horas, pidiendo algunos la apelación y el levantamiento de clausura ante el Juzgado correccional, teniendo que abonar una multa cuando tenga sentencia.
En la segunda clausura que se procedió, algunos comerciantes no apelaron dado que abren de jueves a domingo y otros solo el fin de semana, estando en condiciones de abrir, habiendo resuelto la situación.
Vale mencionar que los comerciantes de boliches nocturnos han manifestado que la ley sea justa para toda la actividad nocturna, incluyendo cervecerías, bares y resturantes que brindan espectáculos.
Desde el municipio vienen trabajando hace un tiempo en regular la actividad, intentando llevar el horario de nocturnidad más temprano, para que las cervecerías y bares corten antes de las 2 de la mañana para que la gente pueda entrar al boliche en el horario permitido y no haya incumplimiento de la norma.
Sabiendo que se trasgrede la ley, son necesarios estos controles para regularizar la situación.
Comercialización de bebidas alcohólicas
Sólo pueden distribuir, suministrar, vender, expender a cualquier título, depositar y/o exhibir bebidas alcohólicas aquellos que cuenten con la Licencia Provincial para la comercialización de Bebidas Alcohólicas y se encuentren inscriptos en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, creado por Ley 13.178.
La licencia es una autorización otorgada por la autoridad pública competente para comercializar bebidas alcohólicas en el ámbito de la provincia, expedida a través de la Dirección Provincial de Registro y Control para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, dependiente del Ministerio de Seguridad.
La licencia debe ser exhibida en un lugar visible del local o establecimiento comercial y tiene una vigencia anual.
Sanción
Las medidas y/o sanciones pueden estar a cargo del inspector que constata la falta, mediante la clausura preventiva y decomiso de la mercadería en infracción o por el Juez Correccional según corresponda la clausura, decomiso y destrucción de la mercadería, multa, inhabilitación y arresto.
Es obligatorio exhibir en un lugar visible al público la licencia para comercializar Bebidas Alcohólicas, como así también un cartel con la leyenda: «Prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho (18) años de edad», consignando el número de la Ley 11.748 y las sanciones previstas en el articulo 3º, seguida de la leyenda preventiva «Las mujeres embarazadas no deben beber alcohol» (Articulo 2º Ley 11.748 Segundo párrafo).