Circulación de cuatriciclos y UTV
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La zona de tránsito seguro será el denominado Campo de Cipriano
Después de una serie de debates y discusiones que hicieron que comerciantes, hoteleros y referentes del sector turístico se hicieron presentes en la municipalidad y en el Concejo Deliberante, los ediles aprobaron la creación de un corredor de circulación seguro para cuadriciclos y vehículos UTV.
Asimismo esta normativa dejó establecido como zona de circulación segura, la zona identificada como Campo de Cipriano de la ciudad de Necochea.
Estos corredores estarán ubicados, en Necochea, en avenida 10 desde calle 117 hasta Campo Cipriano; también se iniciará otro en intersección de avenida 10 con calle 145, allí se podrá doblar en sentido al mar para poder continuar también por avenida 2 hasta el Campo Cipriano.
En otro sector de la ciudad también se ubicarán estos caminos y es en la avenida 58 desde calle 91, hasta su intersección con la Avenida 10 y por esta hasta Campo Cipriano.
Por su parte, en Quequén el corredor seguro nacerá en calle 545 y calle 504 y por esta última los rodados se dirigirán hasta Costa Bonita.
Las zonas mencionadas estarán identificadas y sólo podrá ser utilizado en el horario de 8 a 20. En los corredores los rodados no podrán superar los 20 km/h.
Un dato no menor es que hasta estos corredores seguros los cuatriciclos y UTV deberán ser transportados, en un vehículo de mayor porte o en un tráiler, no podrían ir circulando por las calles o avenidas de la ciudad.
A raíz de esto más allá de la creación de estos corredores seguros será clave el control que efectuarán los agentes de tránsito.
Los corredores tiene el claro objetivo de prevenir accidentes con este tipo de vehículos , es por eso que desde mitad de año la Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció las características de los corredores y las zonas seguras para su circulación. Mientras tanto, la Provincia de Buenos Aires, ya trabaja con los municipios para aplicarlo a partir del verano.
Requisitos
Esta normativa aprobada por el Concejo contempla que para la circulación por los espacios habilitados los conductores deberán tener los siguientes requisitos: uso de casco reglamentario debidamente colocado; contar con Licencia Nacional de Conducir habilitante para la categoría respectiva del vehículo (A.2.1 – A.4); comprobante de titularidad de dominio, mediante cedula o título; comprobante de seguro vigente, y queda prohibida la circulación de vehículos cuatriciclos y UTV por fuera de los sectores determinados en esta norma.
Por último, se le solicita al Departamento Ejecutivo que durante el plazo de tres meses ejecute una campaña pública para fomentar la utilización responsable y por los espacios habilitados de estos vehículos.
También alquiler
Esta ordenanza también se refiere a los comercios de alquiler en excursión de estos cuatriciclos y UTV. Para esos casos los responsables de estos lugares deberán “presentar un recorrido para su circulación, desde el punto de partida hacia la zona de circulación segura, los cuales serán aprobados por la autoridad competente.
Como son excursiones, hasta llegar al campo de Cipriano deberán circular en caravana (en fila india) de entre dos y hasta un máximo de diez vehículos, incluidos en dicha cantidad un guía cada cuatro vehículos, quien será a la vez responsable por lo que suceda durante la travesía.
En todo su recorrido y bajo ninguna circunstancia, los vehículos podrán superar los 20 km/hs, debiendo realizar su marcha siempre sobre la mano derecha de la vía de circulación, en línea, sin estar permitido el sobre paso entre ellos.
Además en los locales se exigirá que figuren las fichas de cada vehículo, cantidad de cuatriciclos a habilitar por firma o locales de excursión. Mientras que dichos vehículos deberán, además, ser fácilmente identificables con el logo de la empresa prestataria del servicio.