El Concejo aprobó un proyecto desconociendo su propio reglamento
A través de una resolución, le solicita información al Puerto sobre la concesión de Terminal Quequén
Por Maximiliano Caloni
Redacción
En la última sesión ordinaria, el Concejo Deliberante aprobó, sin tratamiento, un proyecto de resolución solicitando información a un ente que está por fuera de toda norma legal, incluso de la Ley Orgánica de las Municipalidades y su Reglamento Interno.
Días atrás, los trabajadores de Terminal Quequén SA se presentaron ante los concejales para hacer conocer su voz frente a la incertidumbre que les genera la indecisión, por parte del gobierno provincial, respecto a los elevadores portuarios de la ex Junta Nacional de Granos.
Tras ser escuchados, el bloque oficialista de Nueva Necochea, a través del edil Bartolomé Zubillaga, elaboró un proyecto de resolución con el objetivo puesto en conocer más detalles referidos a dicha concesión portuaria, la cual finalizó el año pasado y fue prorrogada hasta noviembre de 2023.
Pedido de información
En dicho proyecto de resolución, en su artículo primero indica “informe a este Honorable Concejo Deliberante el Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén del estado del proceso licitatorio del elevador terminal que en la actualidad explota la firma Terminal Quequén S.A”.
Continúa el documento, “informe a este Honorable Concejo Deliberante el Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén si existe un pliego de licitación para la concesión del elevador terminal que en la actualidad explota la firma Terminal Queque S.A., donde se contemple que el nuevo concesionario asuma los puestos de trabajo que a la fecha están en funciones, y si de existir, en que marco lo efectuaría contractual lo haría, es decir, por ejemplo, manteniendo las categorías, antigüedad, etc.”.
Por último, pregunta “si llegado el vencimiento del período concesionado para los elevadores de Terminal Quequén, existe una alternativa por la cual el mismo siga funcionando normalmente, dando carga a los buques que se designen para el mismo”.
El proyecto no fue tratado en la sesión, ya que los presidentes de todos los bloques que componen el Cuerpo deliberativo lo aprobaron en la Comisión de Labor Parlamentaria, reunión que se realiza el día previo a la sesión ordinaria y donde se disponen los proyectos que forman parte del Orden del Día y cuáles serán llevados a debate en la sala.
Fuera de la LOM
Lo extraño del proyecto es que se trata de una resolución y no una minuta de comunicación, pero además está dirigida directamente al Consorcio de Gestión de Puerto Quequén, el cual es un “ente público no estatal” y no debe por qué responder al mismo.
El documento se encuentra por fuera de toda reglamentación, ya sea la Ley Orgánica de las Municipalidades o el propio Reglamento Interno del cuerpo. Tanto el Artículo 77 de la LOM, como el 50 del Capítulo VII del Reglamento Interno describen que se enmarca como proyecto de resolución a aquel documento que “tiene por objeto expresar una opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado, o manifestar su voluntad de practicar algún acto en tiempo determinado”.
Es decir, este proyecto de resolución presentado por Zubillaga no expresa opinión alguna del Cuerpo deliberativo sobre el tema en cuestión.
Además, si el Concejo quisiera tener información sobre el tema, debería hacer una minuta de comunicación pidiéndole al Departamento Ejecutivo que, a través de su representante en el Director portuario, solicite la información requerida, pero no puede hacerlo de forma directa.
Según pudo saber Ecos Diarios, algunos ediles les solicitaron a los presidentes de sus bloques que se modifique el proyecto, ya que el mismo no se enmarca en la reglamentación vigente, situación que, a la vista está, no fue aceptada.
Una vez más, se puede observar el desconocimiento que tienen algunos ediles respecto a la Ley Orgánica de las Municipalidades, las facultades que tiene el Concejo deliberante y su propio Reglamento Interno, como ocurrió días atrás con la ordenanza por la cual se decidió aumentar el valor del boleto plano, cuando se modificaba ordenanzas que nada tenían que ver con el tema y se llamaba a una Audiencia Pública dentro del plazo que ellos mismos habían suspendido.
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