El convenio regulador y la importancia en el divorcio
Este documento tiene puntos fundamentales
A la hora de pensar en el divorcio, para dicho proceso se deben presentar dos escritos: uno propiamente dicho para la separación de las personas en el plano afectivo, y otro que es el vinculado a la situación de los menores, con quién convivirán, cuota alimentaria, régimen de visitas de madre o padre, abuelas y abuelos, así como también cuestiones que hacen a lo patrimonial.
El abogado Alejo Ramallo explicó acerca de esta situación en “Desde Temprano”, en su columna quincenal de los días martes. “Antes de la liquidación de bienes hay que saber sí hubo acuerdo o no, ya que no siempre es posible que lo haya, pero esto nada tiene que ver con el divorcio, ya que no necesita la conformación del otro. Cuando se hace la presentación de divorcio se debe acompañar la propuesta de convenio regulador, con ciertos puntos que tienen que estar incluídos”, argumentó el letrado.
En caso de no haber acuerdo se va a producir la separación de los vínculos, pero lo otro va a pasar para más adelante, que se podrá seguir resolviendo mediante un convenio posterior entre las partes, o de manera litigiosa. “Puede suceder que se haya logrado un consenso sobre una parte del convenio, y lo demás se siga discutiendo, sobre todo cuando hay menores de por medio”, explicó el columnista.
Una recomendación que se suele hacer es que cuando existen hijos menores de edad, la idea es tener la lucidez suficiente para realizar dicho convenio a largo plazo y que sea beneficioso pensando en ellos.
Puntos que no pueden
quedar afuera
Hay ciertos puntos del convenio regulatorio que no se pueden soslayar como es el tema de la vivienda, donde se puede pactar qué quede para una de ellas en especial, así como también sobre las compensaciones económicas, sí es que las hubiera. ¿Qué son éstas, qué significa? Es cuando una de las partes quedó en una posición notoriamente desventajosa, por haber relegado parte de su vida en pos del matrimonio. Esta se puede pactar en una suma fija por mes durante un tiempo, o una cierta cantidad de dinero en un solo pago. Pero existe una diferencia entre ésta y el lucro cesante, y así lo diferenció en el aire de FM 97.9, Ramallo: “Es un reconocimiento que se le hace a la persona. Es un instrumento jurídico para otorgar un poco de justicia, pero que quede claro que es una pérdida de chances”.
Por último, un tema fundamental pasa por lo que se pacte cuando hay hijos menores. “Otro de los puntos importantes es con quién van a convivir, la cuota alimentaria, quién pueda cargar con esos gastos para que los hijos sigan teniendo el mismo nivel de vida”, aunque lamentablemente en algunos casos, como apuntó el abogado “se los utiliza como trofeos de guerra”.///
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