El Ejecutivo enviará el lunes la Rendición de Cuentas al Concejo
No sería tratado en la sesión ordinaria del jueves 3
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El próximo lunes 31, cuando vence el plazo estipulado por ley, el Departamento Ejecutivo presentará ante el Concejo Deliberante la Rendición de Cuentas 2024, la cual deberá ser analizada por los ediles, para luego obtener o no su aprobación.
Las fuentes consultadas por Ecos Diarios, explicaron que “además, ese mismo día se envía al Tribunal de Cuentas” de la Provincia de Buenos Aires, el rector de estas cuestiones y quien dictamina, en caso de tener alguna observación si corresponden multas o apercibimientos por el destino de cada una de las partidas utilizadas por el Ejecutivo municipal durante el año anterior.
El lunes, según fuentes del Concejo Deliberante, habrá reuniones en las comisiones de Infraestructura y Economía, justamente ésta última sería la que reciba el documento enviado por el Ejecutivo que conduce Arturo Rojas.
La próxima sesión ordinaria será el jueves 3 de abril, pero por el análisis que debe tener un expediente de este tenor, sería difícil pensar que pueda ser tratado ese mismo jueves.
Para dicha sesión aún no hay temas de relieve, aunque aún restan reuniones de varias comisiones, por lo que posiblemente ingresen más expedientes.
Según se establece la Ley 13.963, “cada Intendente municipal presentará al Concejo Deliberante al 31 de marzo de cada año, la Rendición de Cuentas de la percepción e inversión de los fondos comunales”.
“El Concejo Deliberante analizará los estados y se pronunciará sobre la Rendición de Cuentas dentro de los sesenta (60) días corridos. Si vencido ese plazo no se expidiere, las mismas quedarán aprobadas, incluyéndose en tal aprobación la compensación de los excesos que surgieren. Su pronunciamiento será remitido a la Delegación del Tribunal y al Departamento Ejecutivo dentro de los diez (10) días corridos”, agrega la ley.
Por último, “si el Intendente o el Concejo Deliberante no cumplieran con las obligaciones y plazos establecidos anteriormente, el H. Tribunal de Cuentas resolverá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la presente Ley”.
Cabe señalarse que, en este caso, la votación del Concejo Deliberante no es vinculante, sino simplemente una lectura política sobre cómo ejecutó el Intendente y sus funcionarios cada una de las partidas. Su aprobación o no, no tienen injerencia luego en lo que pueda determinar el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
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