• La Ciudad
  • Deportes
  • Seguridad
  • Funebres
  • Clasificados
lunes 21 de septiembre de 2026
  • Escucha Ecos Radio
  • Edición Impresa
Ecos Diarios

SECCIONES

  • Cultura
  • Clasificados
  • El mundo
  • El país
  • La ciudad
  • Espectáculos y arte
  • La región y provincia
  • Seguridad
  • Suple finde
  • Deportivo
  • Economia Finde
  • GPS
  • Letras
  • Mirada Urbana
  • Nuestra Historia
  • Perfil de Mujer
  • Personajes
  • Sociedad
  • Turismo
  • Varios
  • Escenarios
  • Fúnebres
  • Deportes Locales
  • Deportes Nacionales
  • Últimas noticias
  • Tiempo
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • YouTube
  • Escucha Ecos Radio
  • Edición Impresa
  • NacionalesAñadir como fuente en

    El Gobierno reglamentó la ley de paridad de género

    8 de marzo de 2019 | 06:12
    El Gobierno reglamentó la ley de paridad de género
    Ads

    La norma, sancionada dos años atrás, se estrenará este año en las elecciones PASO de agosto y las generales de octubre. Establece que las listas de candidatos deben estar conformadas en un 50 por ciento por mujeres y hombres

    Ads
    El Gobierno reglamentó hoy la ley de paridad de género, sancionada dos años atrás, que establece que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur deben estar conformadas en un 50 por ciento por mujeres y hombres, de manera consecutiva e intercalada, y la norma avanza también sobre la vida de los partidos al establecer que también sea aplicable al «ámbito interno de las agrupaciones políticas». De esa forma, la ley de paridad de género -número 27.412- se estrenará este año en las elecciones PASO del 11 de agosto, y en las generales del 20 de octubre.Con la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, el Gobierno dictó hoy el decreto 171, publicado en el Boletín Oficial, por el cual define la «paridad de género en ámbitos de representación política».

    En su artículo 12, el decreto establece que «el género del candidato o candidata estará determinado por el sexo reconocido en el Documento Nacional de Identidad vigente al momento del cierre del padrón electoral, independientemente de su sexo biológico o, en su defecto, constancia de la rectificación del sexo inscripta en el Registro Nacional de las Personas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 26.743».

    Ads
    Ads
    Ads
    AUTOR
    Foto de Ecos DiariosEcos Diarios
    Ads
    Ads
Ecos Diarios
Añadir como fuente en
SERVICIOS
  • Escucha Ecos Radio
SECCIONES
  • Cultura
  • Clasificados
  • El mundo
  • El país
  • La ciudad
  • Espectáculos y arte
  • La región y provincia
  • Seguridad
  • Suple finde
  • Deportivo
  • Economia Finde
  • GPS
  • Letras
  • Mirada Urbana
  • Nuestra Historia
  • Perfil de Mujer
  • Personajes
  • Sociedad
  • Turismo
  • Varios
  • Escenarios
  • Fúnebres
  • Deportes Locales
  • Deportes Nacionales
2026 | Ecos Diarios| Todos los derechos reservados: www.elecos.com.arPropietario: SAECI S.A | Director: Gonzalo Julián Irazoqui
Edición Nº10578 | 21/9/2026
Calle 56 - 3011
Registro DNDA Nº 83857533
Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
Powered by
artic logo