Feriados de noviembre 2026 por la visita del papa León XIV
El Gobierno nacional coordina el operativo para la llegada del pontífice, manteniendo por el momento el esquema de feriados nacionales y provinciales previsto para noviembre.
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La visita del papa León XIV a la Argentina, programada del 8 al 11 de noviembre, se mantiene firme en la agenda oficial. A pesar de las dudas surgidas tras la reciente intervención quirúrgica del pontífice por un cáncer de pulmón, el Vaticano no ha comunicado modificaciones en el cronograma, por lo que el Gobierno nacional continúa con la organización del operativo junto al Ministerio de Seguridad y otros organismos.
El arzobispo de Luján se refirió a la continuidad del evento y afirmó:
Vamos para adelante. Por su parte, el gobierno del presidente Javier Milei ha manifestado su disposición a realizar ajustes en el calendario de feriados en caso de que la visita deba ser reprogramada, aunque hasta la fecha las fechas estipuladas siguen vigentes.
Detalles del cronograma y alcance
El esquema de feriados presenta particularidades según la jurisdicción. El lunes 9 de noviembre será feriado nacional, rigiendo el régimen de descanso dominical. En esta jornada, el empleador puede convocar al personal, pero deberá abonar la jornada con un 100% adicional. Asimismo, se suspenderán las clases, la actividad bancaria y la administración pública.
Para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Córdoba, el descanso se extenderá por cuatro días, desde el sábado 7 hasta el martes 10 de noviembre. En el caso del martes 10, el feriado tiene alcance local en dichas jurisdicciones. En el resto de la provincia de Buenos Aires la actividad será normal, a excepción de Luján, donde se estableció como jornada no laborable para la administración pública y el Banco Provincia, además de ser feriado optativo para el comercio y la industria.
Finalmente, el miércoles 11 de noviembre será feriado únicamente en la provincia de Buenos Aires, afectando el dictado de clases y la atención bancaria, mientras que en el resto del país y en la Ciudad de Buenos Aires se trabajará con normalidad.
Liquidación de haberes
Según la Ley de Contrato de Trabajo, el pago de los feriados se rige por las siguientes condiciones:
Para el personal mensualizado, el feriado ya se encuentra incluido en el sueldo habitual. En el caso del personal jornalizado, se cobrará el jornal correspondiente si se trabajaron al menos 48 horas o seis jornadas en los 10 días hábiles anteriores, o si se cumplió labor el día hábil previo al feriado y alguno de los cinco días hábiles posteriores. En estos casos, se abona la remuneración de la jornada más un recargo del 100%.