Guillermo Barros Schelotto fue sancionado y tampoco puede estar en el banco
:format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2018/10/5bd84e1634338_324x182.jpg)
La CONMEBOL sancionó al entrenador de Boca, quién no podrá dirigir a su equipo en el partido revancha ante Palmeiras, en Brasil, por ser reincidente de una falta disciplinaria.
El entrenador de Boca Juniors, Guillermo Barros Schelotto, no dirigirá al equipo mañana ante Palmeiras, en San Pablo, en una de las semifinales de la Copa Libertadores de América, debido a que retrasó su ingreso al campo de juego en el partido de ida y fue sancionado por la Conmebol. La Conmebol emitió hoy un comunicado en el que informó que el mellizo Guillermo deberá abonar una multa de 1.500 dólares y Boca 23.000 dólares,y que no podrá estar en el banco de suplentes ni dar indicaciones debido a que retrasó su salida junto al equipo en el partido de ida, que Boca ganó por 2-0 el miércoles de la semana pasada en «La Bombonera». Boca será dirigido por el ayudante de campo, el otro mellizo, Gustavo Barros Schelotto, quien ya se hizo cargo de la función de su hermano en varias ocasiones, la última de ellas en el partido de octavos de final de la Copa Libertadores que el equipo xeneize le ganó en Asunción a Libertad por 4-2. La situación de Guillermo es idéntica a la de Marcelo Gallardo, quien también fue sancionado por la Conmebol por el mismo motivo y no dirigirá esta noche a River en su visita a Gremio, por la otra semifinal de la Libertadores, que se jugará en Porto Alegre. El fallo de la CONMEBOLEl Juez Único del Tribunal de Disciplina,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa de USD 23.000 (VEINTITRÉS
MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente
del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS de la CONMEBOL en concepto
de derechos de Televisación o Patrocinio.2º. SUSPENDER al Señor GUILLERMO BARROS SCHELOTTO por un partido. La presente
sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en el Artículo 76.1 del Reglamento Disciplinario
de la CONMEBOL.3º. IMPONER al Señor GUILLERMO BARROS SCHELOTTO una multa de USD 1.500 (MIL
QUINIENTOS DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del Reglamento
Disciplinario. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el
CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y al Señor
GUILLERMO BARROS SCHELOTTO que en caso de reiterarse cualquier infracción a la
disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será considerada como situación agravante.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el
plazo de siete días desde el siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión
conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento
Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento
Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES
ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.Eduardo Gross Brown
Presidente
Tribunal de Disciplina