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    Habrá un registro de repartidores y cuentapropistas

    25 de marzo de 2020 | 19:03
    Habrá un registro de repartidores y cuentapropistas
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    Se les brindará una autorización para que puedan circular y pasar los controles. La dirección de Control Urbano está a cargo de este tema. La inscripción será online mediante una declaración jurada. Pronto estará disponible el servicio para anotarse

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    “Los restaurantes, pizzería, heladerías, locales de comidas preparadas, locales de comidas rápidas y demás establecimientos que conforme lo establecido por el artículo 2 del Decreto 605/2020, hayan dispuesto la venta de productos a través de servicios de reparto domiciliario (Delivery) solo podrán vender sus productos a través de dicha modalidad y hasta las 23:00 Hs. El personal afectado al servicio de reparto domiciliario deberá dar cumplimiento a todas las normas de bioseguridad dictadas hasta la fecha”, indica el texto del nuevo decreto municipal que lleva las firmas del jefe comunal, Arturo Rojas, y el secretario de Gobierno, Jorge Martínez.

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    Además, se estableció que “la Dirección de Control Urbano llevará un Registro donde constaran los datos de interés y nómina del personal afectado a los servicios de reparto domiciliario. Asimismo, emitirá la autorización correspondiente para circular y que pueda ser exhibida ante el requerimiento de la autoridad”.

    Tal como indica el decreto, los cuentapropistas podrán circular sólo desde sus viviendas a la obra privada o pública, y a los corralones de materiales, ferreterias y negocios del rubro habilitados. En este caso, también la Dirección de Control Urbano llevará un Registro donde constarán tales datos de interés y nómina de empleados para darles la autorización que necesitarán para circular por la vía pública.

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    Por otra parte, añade que “aquellos servicios que pueden considerarse de emergencia durante el aislamiento obligatorio, como casas de repuestos, gomerías, tornerías, cerrajerías, talleres mecánicos, metalúrgicas, lubricentros, pinturerías, corralones y casas de electricidad entre otros, podrán trabajar a puerta cerrada –sin acceso al público- y/o con una guardia publicando un número telefónico”.

    Por último, debe indicarse que “los Remises y/o taxis y/o vehículos de alquiler, brindaran el servicio las 24 hs. pudiendo transportar hasta un máximo de dos (2) pasajeros por viaje”.

    Se suspenderá el cobro del estacionamiento medido hasta el 31 de marzo próximo y se establece un régimen de horarios para los colectivos urbanos de pasajeros.

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