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    Juicios por jurados populares

    24 de septiembre de 2018 | 21:08
    Juicios por jurados populares
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    Cuatro debates se han desarrollado en la Justicia de Necochea y se vienen otros dos juzgamientos

     

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    -4 de mayo de 2015: César Nahuel Ganduglia fue encontrado “culpable” del crimen de Carlos Abel Lolli, en junio de 2014. Le dieron 10 años de prisión de efectivo cumplimiento.

    -1º de octubre de 2015: un jurado popular halló “no culpables” a Osvaldo Tejeda, Sergio Tejeda y Carlos Palavecino, quienes fueron llevados a juicio acusados de privar de la libertad y agredir gravemente a Maximiliano Luguercio en una quinta, en Quequén.

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    -10 de febrero de 2016: fue absuelto en forma unánime Horacio Pizzi, acusado de matar a Carlos Farías el 20 de agosto de 2014 y agredir de un disparo de arma de fuego a Roque Salvador, durante un violento incidente ocurrido en Quequén.

    -10 de mayo de 2018: fue hallado “culpable” unánimemente por los 12 miembros del jurado popular, César Raúl Villanueva, acusado de la desaparición y muerte de Adriana del Valle Caballero en nuestra ciudad.

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    La condena que se impuso fue la más alta en este tipo de juzgamiento, prisión perpetua.

     

    El nuevo sistema

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    El juicio por jurado se instrumentará en delitos graves con penas máximas que excedan los 15 años de prisión. El jurado, que sólo podrá determinar la inocencia o culpabilidad de un acusado, intervendrá en homicidios, violaciones, lesiones graves y torturas.

    Según la norma, el jurado estará compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral, y recibirán instrucciones de un juez, quien les indicará el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.

    Se trata de personas de entre 21 y 75 años que serán seleccionadas por las partes intervinientes, la Fiscalía y la Defensoría Oficial, en este caso, para que participen de la audiencia en la sala del Tribunal Criminal Nº 1.

    Esta norma establece que luego del debate decidirá el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso.

    También determina que el veredicto de culpabilidad requerirá como mínimo de diez votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requerirá unanimidad de votos afirmativos.

     

    El juez establece la pena

    ¿Cómo funciona el jurado? Se basa en las pruebas que se presentan durante lo que dura el juicio, período en el cual los 18 ciudadanos elegidos (12, mitad mujeres, mitad hombres, más seis suplentes) no pueden ni deben informarse del caso por “agentes externos”, como medios de comunicación o familiares, entre otros, para garantizar la imparcialidad.

    Tras los alegatos y la palabra final del acusado, el jurado se encierra a deliberar todo el tiempo que considere necesario y sólo determina si la persona sospechada es culpable o no.

    La pena correspondiente la establece días después el juez que presencia el debate y lo modera.

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