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    Juicios por jurados: se impone la “culpabilidad” de los acusados

    10 de febrero de 2019 | 00:20
    Juicios por jurados: se impone  la “culpabilidad” de los acusados
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    En nuestra ciudad ya son cinco las experiencias, juzgadas a través de este sistema

     

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    Luego de haber culminado otro juicio por jurados en nuestra ciudad, vale analizar el proceder de los ciudadanos integrantes del jurado, que una vez más dieron el veredicto “culpable”.

    En Necochea hubo hasta ahora cinco hechos llevados a esta modalidad de juzgamiento, que terminaron en tres condenas y dos absoluciones.

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    En este nuevo sistema el jurado compuesto por 12 ciudadanos son los que deben determinar la inocencia o culpabilidad de un acusado, interviniendo en delitos graves como homicidios, violaciones, lesiones graves y torturas.

    Se trata de personas de entre 21 y 75 años que son seleccionadas por las partes intervinientes y deben decidir sobre el futuro de las personas, tomando dimensión sobre cómo funciona la Justicia y lo difícil que es para un juez tomar una decisión.

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    Inclusive lo difícil que resulta que doce personas se pongan de acuerdo. Muchas veces no están todas las pruebas suficientes para tomar una determinación y esto lleva a que el jurado tenga que deliberar durante más tiempo, intercambiar opiniones para arribar a una conclusión de inocencia o culpabilidad de los imputados.

     

    El caso Pizzi

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    Hay algunos casos que llamaron la atención en cuanto al resultado, por ejemplo, cuando se declaró “no culpable” a Horacio Pizzi, acusado de matar a Carlos Farías durante un violento incidente, pero resultó absuelto por una cuestión de convalidación a la justicia por mano propia.

    Es decir, cuando miembros de la misma comunidad, son los que toman la decisión, el resto se siente más conforme y se le da una legitimación mayor al resultado.

    En general los ciudadanos que participan del jurado se muestran satisfechos, aunque en este último juicio se produjo una situación que anteriormente no se había dado con tanta rigurosidad, como fue la recusación sin causa de ocho jurados convocados.

    Esto conllevó a citar nuevamente a unas diez personas que habían sido notificadas a presentarse, pero mientras tanto, los demás ciudadanos estuvieron por espacio de casi nueve horas en el recinto de la Justicia, notándose un mal manejo en la organización.

    Cabe recordar que al ser designado como jurado, es una carga pública para el ciudadano y debe dejar de lado su trabajo o cualquier otra actividad prevista para presentarse a participar.

    El año pasado, en el marco de un curso de Postgrado en Litigación Oral que dictó la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, se realizaron cuatro simulacros de juicios por jurados en nuestra ciudad, contando con buena participación de la comunidad que colaboró con la actividad, teniendo inquietudes queriendo aprender algo más sobre este sistema.

    A diferencia de un juicio oral y público, la litigación en el juicio por jurado se hace un gran esfuerzo por acortar los tiempos, por darle mucha sencillez al lenguaje, presentar las pruebas en forma visual y auditiva, logrando una litigación distinta.

     

    La pena

    Para recordar los diferentes casos que fueron resueltos por un jurado popular en Necochea, a continuación se detallan: el 4 de mayo de 2015, César Nahuel Ganduglia fue encontrado “culpable” del crimen de Carlos Abel Lolli, en junio de 2014. Le dieron 10 años de prisión de efectivo cumplimiento.

    En tanto, el 1º de octubre de 2015, un jurado popular halló “no culpables” a Osvaldo Tejeda, Sergio Tejeda y Carlos Palavecino, quienes fueron llevados a juicio acusados de privar de la libertad y agredir gravemente a Maximiliano Luguercio en una quinta, en Quequén.

    Otra absolución fue para Horacio Pizzi, y hoy se cumplen dos años, ya que el juicio se realizó el 10 de febrero de 2016. Pizzi estuvo acusado de matar a Carlos Farías el 20 de agosto de 2014 y agredir de un disparo de arma de fuego a Roque Salvador, durante un violento incidente ocurrido en Quequén.

    El 10 de mayo de 2018, fue hallado “culpable” unánimemente por los doce miembros del jurado popular, César Raúl Villanueva, acusado de la desaparición y muerte de Adriana del Valle Caballero en nuestra ciudad.

    La condena que se impuso fue la más alta en este tipo de juzgamiento, prisión perpetua.

    Por último, Rubén Abel Ortega fue hallado “culpable” por el jurado popular, encontrándolo penalmente responsable del delito de “tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, el vínculo y en un caso de violencia de género”, siendo el juicio más extenso, ya que llevó cuatro días, del 5 al 8 de febrero del presente año.

    La norma establece que luego del debate y decisión del jurado, el juez establece días después la pena correspondiente.

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