La Corte Suprema falló en contra de la educación religiosa en escuelas públicas de Salta
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El máximo tribunal decretó que esa ley provincial es «inconstitucional»
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este martes la inconstitucionalidad de la ley provincial de educación de Salta a través de la cual la enseñanza religiosa integra los planes de estudio, se imparte dentro de los horarios de clase y con contenidos y habilitación docente que requieren el aval de la autoridad religiosa.
Con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, también invalidó la obligación de los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban “educación religiosa”.
El juez Horacio Rosatti consideró que la ley es constitucional, y exhortó a la Provincia para que instrumente las medidas necesarias para adaptar los contenidos curriculares de la materia y disponga el cese de todo rito religioso durante la jornada escolar. Exhortó a «controlar socialmente el respeto por la tolerancia y pluralidad religiosa y de pensamiento, sin discriminación alguna».
El juez Carlos Rosenkrantz no suscribió la sentencia. Se excusó de intervenir en la causa con motivo de que al momento de promoverse la acción de amparo era miembro de la Asociación por los Derechos Civiles, coactora en estas actuaciones.
En la causa se cuestionó el artículo 49 de la Constitución provincial que establece el derecho de recibir en la escuela pública educación religiosa que esté de acuerdo con las convicciones de los padres o tutores de los alumnos.
La Corte consideró que esta norma es válida porque está en consonancia con la libertad que reconocen los tratados de derechos humanos de jerarquía constitucional.
La causa que llegó hasta la Corte se inició en 2008, cuando un grupo de padres, junto a la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), fueron a la Justicia por considerar que las leyes salteñas y su implementación discriminan a los chicos que no son de familias católicas y viola la libertad de pensamiento, consagrada por la Constitución. Para el gobierno de Salta, la Constitución les garantiza la independencia para tomar decisiones educativas. La Corte salteña avaló esta posición. Pero en marzo, un dictamen del procurador le dio la razón a ADC y recomendó a la Corte revocar la sentencia del tribunal salteño.