La ley de alquileres complica aún más el mercado inmobiliario
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La norma generó dudas y algunos propietarios retiraron su inmueble del mercado. Aumentos de precios
El mercado inmobiliario no se encuentra atravesando su mejor momento aunque se registra una moderada actividad en todo lo referido a alquileres, a pesar de la incertidumbre que generó la promulgación de la nueva ley de alquileres.
En medio de todo el caos provocado por la pandemia del coronavirus, el gobierno nacional estableció nuevas reglas para los contratos de locación por el término de tres años y una actualización anual sobre la base de un índice oficial.
La flamante ley entró en vigencia el pasado 1° de julio, en un primer momento generó muchas dudas y los propietarios, ante el temor de no obtener una renta acorde al valor de su propiedad la retiraron del mercado y, ante la fuerte demanda habitacional, los precios han subido entre un 10 y un 15 por ciento.
Simultáneamente se han efectuado un importante número de renovaciones donde tanto locador como locatario mostraron voluntad de ceder, atendiendo las dificultades que nos encontramos atravesando.
Vale mencionar que desde julio todo el que firma un contrato nuevo, tiene que respetar el mínimo legal vigente, ajustes anuales y todo lo dispuesto sobre expensas, de acuerdo a las innovaciones que determinó el Estado.
Según se pudo establecer, la tarea de los martilleros no se ha visto modificada aunque, ante la nueva normativa, se tuvieron que informar y realizar cursos virtuales, y a medida que transcurre el tiempo se van adaptando a trabajar de acuerdo a la norma.
Reglas
La Ley 27.551 modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación, con notorias diferencias en las actualizaciones de los alquileres habitacionales con respecto a los comerciales.
Porque la reforma más significativa se da en los primeros, y entre los nuevos beneficios para los inquilinos, dispone el aumento a tres años del plazo de duración de los contratos, una indexación anual sobre la base de un coeficiente entre el Indice de Precios Al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que deberá publicar periódicamente el Banco Central, y la posibilidad de proponer dos garantías a elegir por el propietario.
Asimismo, establece que las expensas extraordinarias y los impuestos que gravan a la propiedad, correrán por cuenta del propietario.
Mientras que, otra condición será la obligación por parte de los propietarios de registrar los contratos en la AFIP, lo cual deberá ser reglamentado por el organismo oficial para detallar el modo y los plazos en que se realizará el trámite.
Uno de los problemas que se presenta es que, tanto el locador como el locatario, no conocen de antemano el aumento que van a tener al año siguiente aunque con esta ley se ha tratado de favorecer a los inquilinos, que en su gran mayoría dependen de un salario y éste siempre está atrasado con respecto a la inflación.
Índices
Por su parte, los contratos de locación comerciales, ahora pueden actualizarse a través del índice del Indec o algún otro método que las partes establezcan y puede ser anual o semestral.
Ante la incertidumbre de la puesta en vigencia de esta norma, algunos propietarios estimaron que no obtendrían una rentabilidad mínima o vieron acotadas sus expectativas y retiraron su inmueble del mercado.
Esta situación generó un incremento de la demanda subas del orden del 10 por ciento de los alquileres que complica a la gente que tiene necesidad de alquilar y depende de un salario, porque es la más complicada del sistema económico.
Cabe mencionar que para un departamento de un dormitorio se debe pagar entre 10 mil y 12 mil pesos mensuales, y esos valores van en aumento dependiendo de la zona.
Actualmente, ante la escasez de oferta, y salvo excepciones, la gente toma la vivienda que encuentra disponible y satisfaga sus necesidades habitacionales, aunque también se han hecho muchas renovaciones basados en la nueva legislación.///