La muerte de un motociclista aguarda una definición que no llega
:format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2020/04/andrea.jpg)
Tras la medida de la Cámara de Apelaciones de Dolores que revocó la absolución del imputado en primera instancia, otro recurso judicial demoró el fallo del Juzgado Correccional
“Acá seguimos de pie ante la adversidad, no creas hijo mío que el silencio es olvido. El olvido no existe para quien deja huellas en la vida, mi sentir permanece intacto como aquel 3 de agosto de 2013 en que tu despedida estrujó mi alma y sin justicia no hay duelo”.
Las palabras con mucho sentimiento y dolor son de Andrea Colaizzo, la mamá de Leonel de Azevedo, una víctima de la inseguridad vial y cuyo caso en la justicia ha transitado un camino de reiterados litigios y demoras que forman parte de una realidad preocupante.
Luego del fallo de la Cámara de Apelaciones de Dolores que revocó la absolución del único imputado en el caso, ahora la causa está nuevamente estancada después de un nuevo planteo judicial.
Esto no permite que el Juzgado Correccional, entonces, emita una sentencia al conductor del automóvil que protagonizó el accidente vial que se llevó la vida del chico que conducía la motocicleta en julio de 2013.
Se van a cumplir siete años del fatal choque entre un auto y una moto, pero aún no hubo resolución en el controvertido caso.
El acusado en principio fue absuelto, pero luego de la apelación de la Fiscalía y del particular damnificado, los jueces camaristas de Dolores abrieron una nueva instancia y revocaron la absolución para solicitarle al juez Correccional que dicte otra sentencia.
Una causa con litigios
En febrero del 2018 durante su alegato, el fiscal Guillermo Sabatini, solicitó la pena de cinco años de prisión para el imputado por el delito de “homicidio culposo” y una inhabilitación de 10 años para conducir todo tipo de vehículos.
El particular damnificado, a cargo de Francisco Arrospide, valoró el alegato de la Fiscalía que investigó el caso, pero en ese momento pidió agravar la calificación legal para tener aspiraciones de que exista una sanción más severa para el acusado.
El juez Ernesto Juliano se excusó de seguir interviendo porque modificar la carátula a “homicidio con dolo eventual” determinaría una pena superior a las que está facultado a dictar.
El magistrado derivó el expediente al Tribunal Oral Criminal, pero fue rechazado en ese organismo e intervino la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Garantías. Los jueces camaristas sostuvieron que no hay elementos suficientes para disponer el cambio de carátula.
Cuando la causa retornó al Juzgado Correccional hubo un recurso interpuesto por la Defensoría Oficial considerando que el imputado ya fue juzgado y pasó el tiempo sin que haya sentencia.
El conflicto judicial terminó en los estrados del Tribunal de Casación provincial que decidió que la causa se siga tramitando en el Juzgado Correccional.
La absolución
Cuando se reanudó la audiencia a mediados del año pasado, el defensor oficial Marcelo Ruiz hizo su alegato y solicitó la absolución de Edgardo Gaggero.
Luego el juez Ernesto Juliano dio su veredicto absolutorio.
El trágico accidente que protagonizó Leonel de Azevedo se produjo el 23 de julio de 2013 en la esquina de calles 50 y 69. El joven motociclista falleció el 3 de agosto de 2013, tras permanecer internado en estado de coma en el Hospital Interzonal de Agudos de Mar del Plata. ////