La primera condena por pedofilia en la Provincia
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En 2013, jueces locales sentenciaron a Leandro Fragosa a 10 años de prisión
El 6 de junio de 2013, un hombre oriundo de Zárate fue condenado a 10 años de prisión por haber acosado sexualmente a una niña de 9 años a través de las redes sociales, en un fallo que sentó un antecedente jurídico al considerar al “grooming” como un hecho concreto de corrupción de menores.
El condenado, identificado como Leandro Fragosa, engañaba a la niña con una falsa identidad e imagen de una chica en su perfil, pero no llegó nunca tener contacto con la menor debido a que el padre de la víctima advirtió a tiempo el acoso.
El fallo fue dictado de manera unánime por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Necochea y Fragosa fue condenado a 10 años de cárcel, acusado del delito de “promoción de la corrupción de menor agravada por la edad de la víctima y su comisión mediante engaño”.
Según indicaron voceros judiciales, se trató de la primera condena en la provincia de Buenos Aires a un individuo acusado de pedofilia.
Con un perfil falso
Los jueces Mariana Giménez, Luciana Irigoyen Testa y Mario Juliano, consideraron además que Fragosa se conectaba en la red social Facebook, en la cual creaba un perfil falso, con nombre, edad y la foto de una niña que tendría entre 9 y 10 años, mediante el cual engañaba a otros menores de esa misma edad.
La maniobra fue descubierta luego de un minucioso trabajo de investigación de parte del personal de la DDI, especializado en delitos informáticos.
El acusado fue detenido en Zárate, en su propia casa, tras una vigilancia previa por parte de los efectivos policiales y al constatarse de dónde se contactaba con la víctima.
Al momento del debate oral en la Justicia local, la pequeña tenía 13 años y su padre fue quien radicó la denuncia en la policía de investigaciones.
Cabe recordar que el condenado llegó preso al juicio oral, por lo que el tribunal ordenó que se lo traslade nuevamente a la Unidad Penal Nº 15 del Servicio Penitenciario bonaerense, en Batán.
Luego de varios años de encierro en la cárcel, el individuo habría logrado un beneficio de arresto domiciliario.
Antecedente jurídico
Analía Duarte, fiscal del caso, dijo en su momento a Ecos Diarios que el fallo “sienta un antecedente jurídico respecto a lo que se interpretaba como corrupción de menores, ya que se entendía que para acusar a alguien de este ilícito, el daño debía estar efectivamente producido”.
“Lo que entendió el Tribunal es que con el acceso a las nuevas tecnologías que tienen los niños, la acción dirigida con ese fin ya tiene un poder corruptivo en sí mismo, aunque no sepamos si alteró o no la conducta del menor”, explicó Duarte, quien estaba a cargo de la Fiscalía Nº 10.
En este sentido, la funcionaria judicial destacó que “si una persona tiene un arma con 15 balas y las dispara, las víctimas son esas quince personas y se las juzga por eso, pero en este caso la potencialidad de una red es inimaginable, hay millones de personas que tienen acceso a una computadora y que pueden ser víctimas”. ////