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    La Suprema Corte suspendió la ordenanza sobre beneficios a veteranos de Malvinas

    Tras la presentación del Ejecutivo. dio cinco días al Concejo para responder

    11 de junio de 2026 | 19:54
    El máximo tribunal bonaerense se expidió en favor de la presentación del Departamento Ejecutivo
    El máximo tribunal bonaerense se expidió en favor de la presentación del Departamento Ejecutivo
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    La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió intervenir en el conflicto de poderes planteado por el Departamento Ejecutivo de Necochea contra el Concejo Deliberante por la ordenanza que otorgaba nuevos beneficios tributarios y administrativos a veteranos de la Guerra de Malvinas, sus viudas y derechohabientes.

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    En una resolución conocida en las últimas horas, el máximo tribunal bonaerense admitió formalmente el tratamiento del caso, dispuso la suspensión de los efectos de la ordenanza cuestionada y otorgó un plazo de cinco días al presidente del Concejo Deliberante para que comparezca y responda a la presentación realizada por el intendente Arturo Rojas.

    La decisión se enmarca en el expediente “Intendente Municipal de Necochea c/ Honorable Concejo Deliberante de Necochea s/ Conflicto de Poderes”, iniciado por el Ejecutivo municipal al considerar que la ordenanza sancionada por el cuerpo deliberativo avanzó sobre facultades exclusivas del Departamento Ejecutivo.

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    Qué cuestiona el Ejecutivo
    Según surge de la presentación judicial, la ordenanza 12.148/26 establecía exenciones totales en el pago de la patente automotor, derechos de oficina y estacionamiento medido para excombatientes de Malvinas, viudas y derechohabientes. Para el gobierno municipal, la norma modifica aspectos de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente y condiciona la elaboración de futuros presupuestos comunales.

    El planteo sostiene que se trata de una medida de naturaleza presupuestaria y tributaria cuya iniciativa corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo, por lo que el Concejo Deliberante habría excedido sus atribuciones legales. Además, argumenta que la ordenanza proyecta beneficios fiscales sobre ejercicios futuros sin contemplar los recursos necesarios para compensar la disminución de ingresos municipales.

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    Entre los fundamentos expuestos, el intendente también advirtió que la medida podría afectar la sustentabilidad financiera de la comuna en un contexto de emergencia económica provincial.

    La decisión de la Corte
    Tras analizar la presentación, la Suprema Corte entendió que el conflicto corresponde a su competencia constitucional y resolvió correr traslado al Concejo Deliberante para que ejerza su defensa dentro del plazo de cinco días.

    Al mismo tiempo, dispuso una medida cautelar que suspende la vigencia tanto de la ordenanza 12.148/26 como del decreto 4.466/26 mediante el cual el Concejo insistió con la norma tras el veto del Ejecutivo. La suspensión regirá hasta que exista una resolución definitiva sobre el fondo de la controversia.

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    La Corte fundamentó esta decisión en el artículo 261 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y en numerosos antecedentes jurisprudenciales vinculados a conflictos institucionales entre departamentos ejecutivos y concejos deliberantes de distintos municipios bonaerenses.

    Un conflicto político e institucional
    La controversia ya había sido anticipada por el intendente Arturo Rojas. El jefe comunal sostuvo que la ordenanza vinculada a los beneficios para veteranos de Malvinas era ilegal y que el Ejecutivo se vería obligado a vetarla por entender que invadía competencias propias del gobierno municipal.

    Ahora, con la intervención de la Suprema Corte, el debate deja de estar exclusivamente en el plano político y pasa a una instancia institucional de máxima relevancia. El tribunal deberá determinar si el Concejo Deliberante tenía facultades para impulsar una norma de estas características o si, como sostiene el Ejecutivo, avanzó sobre atribuciones reservadas al intendente en materia presupuestaria y tributaria.

    Mientras tanto, los beneficios contemplados por la ordenanza permanecerán suspendidos y el Concejo Deliberante deberá presentar sus argumentos ante la Suprema Corte dentro del plazo fijado por la resolución.

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