La Usina "ratifica" la intimación a la Municipalidad por la deuda
Respondió la carta documento enviada por el municipio y lo calificó de "deudor recalcitrante"
La Usina Popular Cooperativa “Sebastián de María”, a través de una nueva carta documento, respondió a la enviada por la Municipalidad de Necochea días atrás, y ratificó la “intimación al pago total y cancelatorio de los montos correspondientes a vuestros consumos por energía eléctrica".
De esta manera, la entidad cooperativa vuelve a solicitarle al Municipio que cancele la deuda qué, a su entender, éste tiene con la UPC, la cual asciende a $1.324.801.527.
Por otra parte, en la mañana de hoy, a las 11 horas, la presidenta de la Usina, Pilar Vitale, y el abogado de la entidad, Alejandro Issin, fueron convocados por el intendente, Arturo Rojas, junto a los presidentes de los bloques que componen el Concejo Deliberante a una reunión, para dialogar al respecto.
El escrito presentado por la cooperativa, en respuesta al enviado por la Municipalidad, indica que las facturas adeudadas “son periódicamente auditadas por el Organismo de Control de Energía (OCEBA) sin merecer objeción alguna por hallarse ajustadas a las normativas vigentes”.
“Dicha documentación que le fuera enviada por medio postal de manera periódica, será puesta nuevamente a su disposición en sede de OCEBA en el marco del procedimiento que prevé el decreto 143/03 que ya fue promovido por esta distribuidora ante su conducta de deudor recalcitrante de las obligaciones emergentes del contrato de concesión (art. 2 inciso b del Reglamento de Conexión y Suministro)”, agrega.
Por tal motivo, las autoridades de la cooperativa afirman: “Intimo a Ud. a acreditar mediante el correspondiente recibo de ley el pago de los consumos que Ud. dice no adeudar, e intimo nuevamente el pago de la deuda que sí ha reconocido públicamente y cuya mora devenga los intereses previstos en el Articulo 5 inciso B del Reglamento de Conexión y Suministro dado que Ud. se encuentra en mora confesa, siendo de aplicación automática e inmediata el interés previsto en el articulo 11 del mismo cuerpo normativo. (Tasa Anual Vencida Vigente en el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días de plazo, desde la fecha de vencimiento de cada factura hasta la de efectivo pago)”.
Por último, el texto al que tuvo acceso Ecos Diarios, detalla que "respecto de lo que Ud. denomina "actitud tribunera y propagandística" entiendo que es un concepto que engloba vuestras expresiones públicas donde anunció la inminente intervención de esta distribuidora, devenida luego en el anuncio de una inminente auditoria provincial, todo lo cual desembocó en la sanción de la resolución provincial 386/2024 que renueva la licencia técnica de esta Usina por encontrarla habilitada a la prestación de servicio publico y la prorroga del contrato de concesión. La intimación que se ratifica y reitera, lejos de resultar no seria y no sincera, es la simple aplicación lineal y directa del procedimiento previsto en el Reglamento para los deudores recalcitrantes como Usted y, por ende, no constituye conducta extorsiva ni mucho menos".
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