Limitan antigüedad de buques pesqueros
:format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2019/02/5c754408c7ca81551189000-e1551196842233.jpg)
El Gobierno nacional estableció que los buques habilitados para realizar tareas de pesca en aguas argentinas, con excepción de los artesanales, deberán tener una antigüedad inferior a 40 años desde su fecha de construcción.
Lo hizo a través del decreto 145/2019, que también precisó que en caso de acreditarse la reconstrucción de más de 60% del buque en territorio nacional, o que se trate de uno con autorización exclusiva para la captura de calamar, la antigüedad podrá ser de hasta 60 años.
La Prefectura Naval deberá certificar la reconstrucción de acuerdo a los criterios que fije al efecto, los que deberán contemplar los materiales reemplazados y la tecnología incorporada, tanto en la navegación como en las tareas que se desarrollan a bordo.
Los límites de antigüedad establecidos en el decreto regirán a partir del 1° de enero de 2040.
El Régimen Federal de Pesca establece que la Nación fomentará el ejercicio de la pesca marítima en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos.
Más de 50% de la flota pesquera argentina posee una antigüedad superior a los estándares internacionales, señalaron en el decreto.
Por eso, el decreto destacó que «resulta necesario modernizar la flota pesquera, reemplazando los buques de mayor antigüedad por otros más modernos, lo cual traerá aparejado mejoras en materia de eficiencia productiva, competitividad internacional de la pesca argentina, mayor seguridad operativa para las tripulaciones, mejoras medioambientales y también beneficios económicos para el país».