Magistrados analizaron fallo que actualiza deudas por inflación
La charla sobre indexación de las obligaciones estuvo a cargo de Fabián Loiza y Juan Spinelli y contó con una nutrida asistencia
JUAN JOSE FLORES
Redacción
Ante un importante marco de público y con transmisión en streaming para otros departamentos judiciales, se desarrolló en el Colegio de Magistrados y Funcionarios Judiciales una charla sobre indexación de obligaciones que estuvo a cargo del juez Fabián Loiza y del abogado Juan Spinelli.
Durante la jornada se analizó un fallo de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires sobre la actualización de deudas por inflación, algo que hasta ahora estaba prohibido.
“Los jueces tenemos una obligación de obediencia a los fallos que dicta la corte de la provincia de Buenos Aires”, explicó Loiza. Y dijo que cuando “son importantes en función de los intereses que tratan, siempre es interesante reunirnos a conversar con los colegas”.
Por ello, afirmó Loiza a Ecos Diarios, “al Colegio de Magistrados le interesó convocar a un abogado para tener la visión de los dos lados del mostrador y como el doctor Spinelli fue docente de obligación nos pareció la persona ideal para charlarlo y analizar un poco el fallo”.
Spinelli explicó que este fallo “va a influir sustancialmente en la población, porque estamos hablando de volver a ajustar por inflación las deudas”.
“Durante estos últimos 30 años estaba prohibido ajustar por inflación y este fallo declara inconstitucional un artículo de la ley de convertibilidad”, explicó.
Señaló que “a partir de ahí permite que se ajuste por inflación las deudas”.
En la charla dirigida especialmente a funcionarios de la Justicia y abogados, se especificó a que tipo de obligaciones se puede aplicar el fallo, incluso si ya están en juicio.
Spinelli dijo que la implementación de este antecedente “para el hombre de la calle es ¿cuánto le van a pagar o cuánto va a pagar?”.
Loiza explicó que “lo que permite este fallo para la provincia de Buenos Aires es que si nosotros tenemos un contrato y nada dijimos sobre cómo va a ser el valor a futuro, se pueda recalcular en función de este ajuste”.
“Lo que dice el fallo es que se puede recurrir a distintos índices, no lo ata a un índice en particular”, señaló el juez. Y recordó que antes los “los ajustes se hacían por el índice de la canasta básica del INDEC o el construcción”.
Ahora, señaló, lo deja a la voluntad de las partes si no está judicializado y en caso de que sí lo este, “le otorga facultades a los jueces para que podamos nosotros ver de utilizar el índice que más se ajuste al tipo de relación que había entre las partes”.
Spinelli precisó que el fallo no sólo se aplica a contratos. “Spongamos una indemnización de un accidente de tránsito. Usted reclama 100 pesos. El juez le da en la sentencia los $100 que reclamó, pero no le pagan y tarda dos años en recibir los 100”.
Con este nuevo criterio, afirmó el abogado, “esos 100 pesos y se ajustarían por inflación”.
Repercusión
“Nos parecía interesante conversar un poco sobre este fallo, que es bastante reciente. Nos parecía interesante analizarlo con la comunidad jurídica”, señaló Loiza
Y cuando se difundió la realización de la charla, no sólo existió interés entre la comunidad jurídica local y regional, sino que trascendió a otros departamentos judiciales.
“Tuvimos que abrir la transmisión vía Instagram porque nos pidieron de otros departamentos judiciales”, afirmó el juez. Aunque dijo que la “idea era hacer algo más chiquito, un poco más casero, entre nosotros”.
Este ciclo de charlas, que comenzó hace ya tiempo, ha tenido una notable repercusión en otros departamentos judiciales.
“En 15 días tendremos una charla sobre cuestiones patrimoniales en derecho de familia”, precisó Loiza. “Tratamos de tener una agenda variada, que atienda a los intereses de todos, no solo del Colegio de Magistrados”.
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