Martes 15 de agosto 1995
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Los videojuegos sólo iban a estar en la villa balnearia
El Concejo Deliberante ordenaba que las habilitaciones se extendieran en el radio de las calles 83, 87, 2 y 4 bis
El Concejo Deliberante de Necochea aprobaba una nueva ordenanza vinculada a los permisos de habilitación de los locales donde funcionan los denominados "juegos electrónicos de los llamados de destreza personal", conocidos también como salas de video juegos.
Con la sanción de esta flamante norma, se dejaba taxativamente establecido que "los locales (...) podrán instalarse dentro del radio comprendido por las calles 83 a 87, avenida 2 y 4 bis", dejando de lado el discutido criterio que permitía que una sala de este tipo fuera habilitada en noviembre de 1994 en el microcentro de nuestra ciudad, a solicitud de una entidad intermedia.
Como se recordaba, visto el permiso obtenido por el Centro de Ciegos Luz y Unión cuando ocupara la Secretaría de Gobierno municipal, el doctor Julio César Amat, otro buen número de instituciones habían empezado a instalarse en la zona céntrica, vulnerando lo previsto en un decreto reglamentario que databa de 1979, que establecía su funcionamiento en forma exclusiva en la villa balnearia.
Con la ordenanza aprobada, todos los permisos privados y de instituciones que contaban con personería jurídica deberían extenderse sólo para la villa balnearia, prohibiendo su asentamiento en otros sectores de Necochea y Quequén.
El proyecto establecía además que "los locales mencionados (...) funcionarán del 15 de diciembre al 15 de marzo todos los sábados y domingos".
En el artículo 4º se expresaba que "el horario de funcionamiento en los mismos será establecido por Ejecutivo municipal, mediante la respectiva reglamentación".
Posteriormente, se dejaba establecido que "los clubes o entidades civiles con personería jurídica que habiliten locales donde funcionen juegos electrónicos de los llamados de destreza personal", deben ser explotados en forma directa por la entidad".
El expediente aprobado por los ediles consideraba que "resulta conveniente unificar la legislación sobre este tema". Valía apuntar que en la comuna local existía una nutrida documentación relacionada a esta actividad: la ordenanza Nº 1293/74 y sus decretos reglamentarios Nº 353/79 y 15/82 y la ordenanza N° 1618/86.
En la flamante ordenanza - que derogaba toda norma anterior que se legisló sobre el particular-, el Concejo Deliberante señalaba que "es necesario mantener una zona exclusiva para su funcionamiento, conteste con el criterio establecido por el artículo 2º del decreto reglamentario Nº 353/79".
El citado artículo indicaba que "los locales (...) podrán instalarse dentro del radio comprendido por las calles 83 entre avenida 2 y 4 bis; avenida 2 entre 83 y 87; calle 87 entre 2 y 4 bis; calle 4 bis entre 83 y 87". Esto último había sido vulnerado cuando se extendió el permiso al Centro de Ciegos Luz y Unión. Entre los fundamentos, se señalaba que "en relación al horario de funcionamiento (...), este HCD propicia que el DE vía reglamentación los establezca, atento las inminentes modificaciones que el superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires proyecta establecer en los horarios de todo tipo de establecimientos nocturnos de esparcimiento".
Correo de Quequén
El número de empleados de la oficina del Correo Argentino en Quequén iba a ser reducido, aunque trascendió que la actividad de la dependencia no sufriría modificaciones.
En aquel tiempo, cinco eran los empleados que venían desempeñando funciones en el lugar (el jefe, un auxiliar, dos carteros y un mensajero), quienes iban a continuar perteneciendo a la empresa, pero estaría decidido que en la vecina población sea menor el número de agentes postales.
Sin embargo, se comentaba que un empleado que desde hacía seis años estaba como contratado, se vería privado de su fuente laboral al prescindirse de sus servicios.
Si bien no se había suministrado información oficial al respecto, se establecía, en ese momento, que la oficina de Quequén quedaría con una sola persona a cargo -que sería el jefe de esa época-, mientras que los otros cuatro empleados pasarían a depender de Necochea.
De todos modos, dos de ellos iban a continuar en Quequén como carteros. Las autoridades del Correo Argentino habrían asumido la determinación de realizar una reestructuración en la dependencia, ubicada en la calle 519 Nº 2443, teniendo en cuenta que la actividad había decaído notoriamente en los últimos años.
Alumno premiado
Carlos Alberto Aguirre había sido seleccionado entre los diez finalistas del concurso de ilustraciones sobre "El Principito", que era organizado por el gobierno de la provincia de Buenos Aires y la región francesa de Midi-Pyrenees, como parte del Programa de Cooperación Técnica Internacional para el Conurbano Bonaerense.
Si bien el ganador del premio había sido Leandro Rodríguez de la Escuela Nº 10 de Banfield, adjudicándose un viaje a la región de Midi-Pirenees para todo el grado; el quequenense Carlos Aguirre, era invitado a viajar por haber participado desde una Escuela Especial en igualdad de condiciones.///
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