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    Más de un millón de extranjeros podrá votar en la Provincia: ¿cuáles son los requisitos?

    Representan el 6,75% del padrón bonaerense. Las comunidades más numerosas son de Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay.

    15 de agosto de 2025 | 16:12
    Más de un millón de extranjeros podrá votar en la Provincia: ¿cuáles son los requisitos?
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    La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires publicó el padrón definitivo para las elecciones legislativas del próximo 7 de septiembre, en las que más de 14 millones de votantes elegirán legisladores provinciales, concejales y consejeros escolares de sus municipios.

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    En la Provincia de Buenos Aires, hay 13.361.359 argentinos habilitados para votar: 6.795.909 mujeres, 6.564.739 varones y 711 personas no binarias.

    Además, se suman 1.015.232 extranjeros habilitados, conformados por 532.339 hombres, 482.892 mujeres y 1 no binario.

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    Para poder votar se necesita ser mayor de 16 años al momento de la votación, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral.

    Las elecciones son obligatorias para quienes tengan entre 18 y 70 años de edad, para el resto es opcional.

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    El voto de los extranjeros

    El 7 de septiembre se vota en la provincia de Buenos Aires y las personas migrantes con dos años de residencia inmediata en el territorio provincial  podrán elegir a autoridades municipales (intendentes, concejales y consejeros escolares) y legisladores provinciales.

    Como para el resto de la ciudadanía, el voto de los extranjeros es obligatorio. 

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    En la provincia de Buenos Aires más de un millón de personas migrantes están en condiciones y  habilitados para ejercer el voto, lo que equivale al 6,75% del padrón total.

    La Junta electoral confirmó que habrá un total de 1.015.233 personas que no nacieron en el país y que cumplen con los requisitos para elegir a las y los representantes provinciales y municipales.

    Las colectividades más numerosas en la provincia son la de Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay, seguidas por las de Chile y Venezuela.

    Para poder ejercer su derecho al voto, las personas migrantes deben estar inscriptas en el Padrón de Extranjeros, un registro dependiente de la Junta Electoral de la Provincia. 

    Además, la Justicia Electoral dispuso 2.401 mesas exclusivas para extranjeros distribuidas en los 135 distritos bonaerenses.

    Según la Ley Electoral de PBA, pueden votar los extranjeros que cumplan los siguientes requisitos:

    • Tener DNI de extranjero con domicilio en territorio bonaerense.
    • Ser mayor de 18 años.
    • Estar inscriptos en el Registro Especial de Electores Extranjeros. (NA)
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