No hubo certezas y acusado de “encubrimiento” fue absuelto
:format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2021/08/audiencia-virtual.jpg)
A Julio Miño le habían encontrado las monedas y billetes que ladrones sustrajeron de la vivienda de la jueza Mariana Giménez
Para la jueza subrogante Alejandra Manis “no hubo certezas”, en relación a que el dinero hallado en la casa de Julio César Miño sea el que le sustrajeron a la jueza Mariana Giménez, durante el ataque que sufrió en su vivienda a fines de mayo de 2016.
Ladrones accedieron a la casa de la magistrada, quien se encontraba en una capacitación en los Estados Unidos, y robaron diversas pertenencias. Luego, provocaron al menos tres focos de incendio que destruyeron buena parte del inmueble.
Un hombre fue llevado a juicio oral durante la semana anterior por el delito de “encubrimiento”, ya que el 17 de junio de 2016, a pocos días del robo e incendio en la casa de la jueza, la policía halló en poder de Miño monedas y billetes extranjeros.
Miño está condenado a más de 8 años de cárcel por un robo a mano armada perpetrado junto a otros dos cómplices que también cumplen con una pena de prisión, pero ayer fue absuelto de la nueva imputación que la Fiscalía le hizo.
A más de cinco años del grave episodio institucional en el domicilio de calle 81 entre 26 y 28, nada se sabe de los autores del robo y posterior incendio en la casa de la jueza, pero tampoco se pudo comprobar fehacientemente para la Justicia, que el dinero encontrado en poder de Miño, perteneciese a Mariana Giménez.
No hubo convencimiento
La jueza Alejandra Manis intervino en el caso, en remplazo del titular del Juzgado Correccional Ernesto Juliano, quien se excusó de participar en el debate como también ocurrió con varios defensores oficiales.
El acusado de “encubrimiento” Julio Miño, fue asistido por una abogada particular y el fiscal de la causa, había solicitado tres años de cárcel para el imputado, quien está preso en la Unidad Penal Nº 15 por haber recibido una condena por un violento asalto cometido contra un matrimonio mayor en nuestra ciudad.
La jueza Manis al momento de pronunciarse consideró que el debate es “la oportunidad en que las partes, en igualdad de condiciones, deben desplegar sus estrategias y producir las evidencias que, de manera objetiva generen el convencimiento en el juzgador para el triunfo de sus posturas”.
Evidencia objetiva
Entendió que resulta “necesario para condenar al imputado, generar en el magistrado la certeza (sostenida sobre evidencia objetiva), de su participación en el hecho”, según se expresa en la resolución a la que tuvo acceso Ecos Diarios.
Añadió en el fallo que “si bien no se dan las condiciones para aseverar que los billetes y monedas hallados en el domicilio de Julio Cesar Miño no eran parte de los denunciados como sustraídos por la damnificada (la jueza Giménez), menos aún puede afirmarse lo contrario y ante esa incertidumbre corresponde que el nombrado sea absuelto”.
Indicios que no fueron suficientes
“En este punto debo decir que no escapa a mi conocimiento que se verifican en algunos indicios que podrían considerarse en relación a Miño y su eventual participación en el hecho”, se manifiesta en un tramo del fallo.
Añade que “los efectos secuestrados resultan ser moneda extranjera (alguna de ella sin curso legal en la actualidad); la proximidad temporal entre la sustracción de los mismos y su hallazgo, como así también la inexistencia de denuncias por robo de moneda extranjera en la época en que habría ocurrido el hecho en juzgamiento”.
Pero la jueza Manis aclaró que “no obstante estos indicios, resultan claramente insuficientes. Esto es así porque no resulta posible afirmar categóricamente, que el dinero hallado en la vivienda del imputado sea sin lugar a dudas el que denunciara como sustraído la Dra. Giménez”.
Puntualizó que “otra cuestión que no puede soslayarse es la pregunta acerca de la manera en que ese dinero habría llegado al lugar en que fue hallado y cuál es la conducta concreta que se le atribuye al imputado (para el caso en que fuera él quien detentaba su tenencia al momento del hallazgo, ya que en la vivienda también habitaba su pareja)”.
Robo y destrucción
Entendió la jueza Manis que su colega sufrió efectivamente “además de la destrucción y el incendio de buena parte de su vivienda, el robo de efectos personales” y que también “es su convicción sincera”, que los billetes y monedas hallados en el domicilio del imputado son parte de los que le fueron sustraídos a Giménez.
“No obstante, no puedo aseverar luego de concluido el debate, que efectivamente así sea y ello, especialmente, por el carácter de los bienes en cuestión, de los que ninguna característica o seña particular se ha brindado como para afirmar objetivamente que se trata de los mismos”, señala otro párrafo de la sentencia absolutoria. ////
La defensa de Miño cuestionó la pesquisa
La defensora Florencia Angeletti, entendió que no pudo acreditarse la comisión por parte de su pupilo procesal del delito endilgado.
Manifestó que, si bien Miño es una persona que efectivamente cometió delitos por los que se encuentra cumpliendo pena, resulta “injusto pretender atribuirle un hecho en el que no participó para conformar a la víctima”.
Consideró que la investigación desarrollada por la Fiscalía resultó “pobre, insuficiente, exageradamente prolongada en el tiempo y repleta de desprolijidades” que devinieron en injusticias tanto para la víctima como para el imputado.
En relación al hecho, consideró que no existen datos objetivos que permitan corroborar que los elementos secuestrados en el domicilio de Julio Miño, sean efectivamente los que faltaron del domicilio de la jueza Mariana Giménez.
Otra moneda extranjera
Para la abogada Angelletti resultó “llamativo” que la Fiscalía haya acusado por este hecho a su pupilo procesal, ante la evidencia del hallazgo de una moneda de Kenia, también denunciada como sustraída por Giménez, pero en otro domicilio y que “ni siquiera se imputó a su morador”.
Al momento del alegato, explicó que “aseverar que Miño es el encubridor del botín del supuesto robo en la casa de Giménez, el mismo habría sido estafado, pues a él le toca cargar en esta causa con tan solo 10 libras esterlinas. Suma que, convertida a pesos hoy en día no llega a los 1.350”.
Y consideró extraño que, “junto al dinero hallado no se hayan encontrado en poder de Miño otros bienes de los denunciados como sustraídos”, la madrugada del 30 de mayo de 2016, en la casa de la integrante del Tribunal Criminal Oral Nº 1.
Cabe recordar que el 17 de junio de 2016 a las 13, oportunidad en la que personal policial allanó el domicilio de calle 18 al 3400, donde habitaba Julio César Miño, se encontró el dinero que más tarde fue reconocido como suyo por la jueza que resultó damnificada del robo, incendio y destrucción de su hogar. ///