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    No se cumple la ordenanza de separación de residuos en origen

    21 de noviembre de 2021 | 21:10
    No se cumple la ordenanza de separación de residuos en origen
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    Está vigente. Fue aprobada y promulgada en 2018, pero no se hace respetar. No hay políticas que apunten al tratamiento de la basura a corto plazo

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    Generalmente se critica a los concejales por no brindar herramientas útiles que permitan un crecimiento al distrito o por no ponerse al hombro los verdaderos problemas que tiene la ciudad. Sin embargo, muchas veces la mayor parte de la población desconoce que existen ordenanzas que se han hecho para reglamentar sobre determinados temas, pero el problema posterior fue que nadie las respetó, terminando en el olvido.

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    Uno de esos casos es el de la ordenanza 9577,  que data del 2018, aprobada en agosto de ese año por el Concejo Deliberante y promulgada el mes siguiente mediante el decreto 2221/18, con la firma del entonces secretario de Obras Públicas, Ricardo Asiain, y por el Intendente municipal, Facundo López.

    Dicha ordenanza ponía de manifiesto “la necesidad de contar con una norma madre que regule el sistema de gestión de residuos sólidos urbanos en el Partido de Necochea”. La misma, sigue vigente y debería estar aplicándose, pero ¿se aplica?.

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    Lo que debería hacerse

    Según esta ordenanza, se definió como residuos sólidos urbanos (RSUD) a “aquellos elementos, objetos o sustancias que, como consecuencia del consumo y desarrollo de las actividades humanas cotidianas, de comercio e industriales, son desechados”, quedando excluidos los patogénicos, especiales, radioactivos y aparatos electrónicos y eléctricos.

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    También se define que la separación en origen es “la práctica a partir de la cual se discriminan los materiales que pueden ser reutilizados o reciclados y los que son basura. La separación es llevada a cabo en el lugar mismo donde se generarán los residuos (origen)”.

    Teniendo esto en cuenta, junto a otros conceptos detallados en la normativa, “todo generador de RSUD deberá realizar la separación en origen”, de manera tal que “los materiales reutilizables o reciclables puedan ser clasificados y procesados para ser reinsertados en el circuito productivo como materia prima para la industria y el comercio”. Es por esto que deben estar limpios y secos.

    En su artículo 5 indica que “el generador deberá disponer los residuos –secos o húmedos según corresponda- treinta minutos antes de los horarios de recolección indicados por la autoridad de aplicación”.

    La amplia ordenanza, que incluso prohíbe dejar los residuos sobre la vereda o calle, obligaba a que “las nuevas viviendas o ampliaciones” tengan un “basurín acorde a la presente norma a fin de obtener el correspondiente final de obras”.

    También exige que “los edificios de PH con más de 10 unidades habitacionales deberán instalar minicontenedores propios en el interior del mismo” y “será responsabilidad de los propietarios la compra de los minicontenedores necesarios, debiendo los mismos cumplir con las especificaciones técnicas determinadas” por dicha reglamentación.

    También se indicó que “a partir de la vigencia de la  presente  norma,  las  dependencias administrativas municipales, como así también provinciales y nacionales, bancos y entidades financieras, instituciones educativas en todos sus niveles de gestión pública o privada deberán implementar la separación en origen de materiales reciclables”.

    Multas

    Finalmente, se indica que existen sanciones por infracciones a esta ordenanza siendo la multa fijada en módulos fijos que equivalen a un sueldo mínimo vigente de 30 horas semanales de un empleado municipal.

    Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, pudiendo costar las multas entre 0,10 y 2 módulos fijos.

    También se estableció que la normativa entraría en vigencia en el término de 90 días de su promulgación, (o sea que entró en vigencia antes de enero de 2019) plazo que debía ser “utilizado para dar amplia difusión de los alcances de esta ordenanza”. Eso tampoco ocurrió nunca.

    Según esta reglamentación, era la propia Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos la autoridad que se debía encargar de controlar esto, pero no ocurrió jamás y, tres años después de la sanción de esta ordenanza, Necochea está todavía muy lejos de tener una ciudadanía que haya, al menos intentado, hacer una mínima separación de residuos, a diferencia de ciudades vecinas que desde hace años tienen su propia planta de tratamiento y no basurales a cielo abierto.

    Está claro que si mañana tuviésemos instalada la planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos, demandaría mucho tiempo acostumbrar a la mayoría de la población a hacer la separación como corresponde, algo que ya se debería estar promoviendo, dado que así lo exige la reglamentación vigente. Seguimos perdiendo el tiempo. Seguimos contaminando.///

    Pilas

    Ya en el 2001 se había aprobado otra ordenanza que establecía que debían separarse las pilas del resto de los residuos, para darles un supuesto tratamiento especial.

    Dicha ordenanza prohibía “en todo el Distrito arrojar todo tipo de pilas descartables en las bolsas de residuos domiciliarios”, debiendo éstas separarse “en envases diferenciados” y sacarse solo los lunes. Finalmente, la ordenanza del 2018 derogó esto aunque, en definitiva, tampoco se venía cumpliendo.

    Si miramos vecinas localidades, como San Cayetano, que tiene su plan Basura Cero para el tratamiento de los residuos, también tienen procedimientos con las pilas.

    De hecho, en junio de este año, San Cayetano lanzó el Programa “Ponete las Pilas”, que consiste en depositar las pilas en los contenedores dispuestos en diferentes puntos de la ciudad, accesibles para los vecinos, para “seguir incentivando al cuidado del medio ambiente” como una “tarea que nos requiere a todos”.

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