Notable falta de árboles en la vía pública
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Desde hace unos 20 años se debería plantar unos 10.000 ejemplares
En diciembre del año 2002, Ecos Diarios ya informaba en un titular de la página 3 que “en las calles de Necochea faltan unos 11.000 árboles”. A pesar de haber pasado 20 años desde que se elaboró aquella nota periodística, el problema al que se hacía alusión no se ha solucionado.
El dato había surgido de un relevamiento realizado por la Dirección de Medioambiente de la Municipalidad, donde se acusaba también a los vecinos de haber extraído ejemplares sin una correspondiente autorización o sin hacer una reposición.
En el año 2003 se sancionó la Ordenanza Nº 5085/03 de arbolado público para el Partido de Necochea, que modificaba una de 1999, pero un proyecto del año 2017 se presentó en el Concejo para indicar que más allá de lo dispuesto por dicho instrumento, resultaba necesario incorporar otras variedades de especies arbóreas en espacios públicos, debiendo incluso contemplarse las especies frutales en una proporción mínima del 20%.
Situación actual
Desde el Vivero municipal se indicó a Ecos Diarios que este año se han distribuido árboles y que además se ha trabajado el proyecto denominado “Un niño un árbol” con algunas escuelas que visitaron el lugar. Además, se hicieron trabajos en Piscicultura y se hicieron plantaciones en el parque Miguel Lillo.
La ingeniera Andrea Frigerio, titular de la Dirección Forestal, envió a Ecos Diarios un informe del total entregado de plantas este año desde el Vivero, siendo 1.830 ejemplares. Entre ellos 710 fresnos americanos, 171 cipreses, 324 paraíso sombrilla, 18 crespones, 378 catalpas, 209 álamos y 20 eucaliptos.
Normativa vigente
Por otro lado, la normativa vigente indica que “la autoridad de aplicación (en este caso Espacios Públicos y Medioambiente) elaborará anualmente, un planeamiento básico de plantación, reposición y sustitución de ejemplares pertenecientes a especies”, como así también estipula que “todo proyecto de loteo o subdivisión, apertura o ensanche de calles, deberá prever un anteproyecto de arbolado público”,
Respecto al frentista, señala que “queda obligado todo propietario a la construcción de recintos en la vereda para el arbolado urbano”, ajustándose a varias especificaciones, mientras que “Obras Privadas no otorgará aprobación final de obras si no se ha dado cumplimiento a lo previsto”.
Finalmente, entre muchos otros puntos, la normativa vigente prohíbe la extracción de cualquier árbol de espacios públicos sin previa autorización municipal, la cual deberá ser fundada con detalles. “El propietario, inquilino u ocupante frentista se halla obligado al cuidado y conservación de las plantas que coloque frente a los respectivos domicilios, para lo cual se otorga a los mismos carácter de custodio directo de dicho patrimonio natural”, reza la ordenanza sancionada en 2003.///