Nueva polémica por la Ley Penal Juvenil: una jueza desconoce la suspensión y dice que seguirá aplicándola
Mirta Guarino consideró que el fallo que frenó por 60 días el nuevo régimen no tiene alcance general y sostuvo que la norma debe aplicarse en su jurisdicción.
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Agencia DIB
La entrada en vigencia de la Ley Penal Juvenil abrió una nueva controversia judicial en la provincia de Buenos Aires. La jueza de Garantías de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, Mirta Guarino, resolvió que la Ley 27.801 continúa vigente en su jurisdicción y consideró que la decisión de otra magistrada que había suspendido su aplicación por 60 días no tiene alcance automático sobre otros departamentos judiciales.
La resolución vuelve a poner en discusión la implementación del nuevo Régimen Penal Juvenil, que redujo de 16 a 14 años la edad de punibilidad para adolescentes que cometan delitos. La norma había sido sancionada por el Congreso el 27 de febrero, publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo y comenzó a regir luego de un plazo de 180 días previsto para adecuar las estructuras necesarias para su aplicación.
Dos posiciones judiciales
El conflicto comenzó cuando la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo y suspendió durante 60 días la aplicación de la norma en territorio bonaerense.
El planteo había sido presentado en favor de adolescentes privados de la libertad y cuestionaba las condiciones de los centros de detención y la capacidad del sistema para recibir a los nuevos casos alcanzados por la legislación. Pascual convocó además a funcionarios provinciales para que informen qué medidas fueron adoptadas y cuáles están previstas para implementar el nuevo régimen.
Guarino, en cambio, entendió que aquella decisión no puede extenderse automáticamente a su jurisdicción. Según sostuvo, una medida cautelar dictada dentro de un proceso tramitado en otro departamento judicial no puede, por sí sola, suspender una ley nacional en procesos que no están bajo conocimiento de ese juzgado.
“Corresponde seguir aplicando la ley nacional 27.801 en los procesos sometidos a consideración de este juzgado”, concluyó la magistrada, aunque aclaró que debe hacerse respetando la Constitución Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos y las normas provinciales y locales aplicables.
La discusión llega a otros tribunales
La posición de Guarino no fue el único cuestionamiento al alcance del fallo de Pascual. En San Isidro, el fiscal del fuero penal juvenil Andrés Zárate también había anticipado que continuará aplicando la nueva legislación y sostuvo que la suspensión no tiene alcance general.
A su vez, en el Departamento Judicial Quilmes, una magistrada ordenó la detención de un adolescente de 15 años acusado de planificar un ataque contra compañeros de escuela, en una causa que también quedó vinculada a la aplicación del nuevo régimen.
La controversia, además, derivó en cuestionamientos contra Pascual. La jueza acumuló tres pedidos de juicio político, mientras que un fiscal de Lomas de Zamora apeló su resolución y sostuvo que se habría excedido en sus atribuciones al disponer una suspensión con alcance para toda la Provincia.
¿Qué pasa ahora con la Ley Penal Juvenil?
Por el momento, la discusión gira en torno al alcance territorial del fallo que suspendió la norma. Mientras Pascual sostiene la suspensión en el marco del hábeas corpus colectivo, Guarino considera que esa decisión no resulta vinculante para su jurisdicción y continuará aplicando la Ley 27.801. La disputa deberá resolverse a través de las instancias judiciales correspondientes.
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