Padre e hijo condenados a prisión por vender drogas
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El Tribunal Federal Oral de Mar del Plata sentenció a cinco años de cárcel a Héctor “Baby” Muñoz y a cuatro años y seis meses a Gonzalo Muñoz, luego del procesamiento del Juzgado Federal en Primera Instancia, de nuestra ciudad
El Tribunal Federal Oral Nº 1 de Mar del Plata condenó a padre e hijo por ser hallados “culpables” del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.
En consecuencia, Héctor Osvaldo Muñoz, alias “Baby”, recibió una pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas, al tiempo que fue declarado “reincidente”, según la Justicia Federal.
Por su parte, el joven Gonzalo Muñoz, recibió un castigo un poco menor, al ser considerado “cómplice necesario” del mismo ilícito de venta de drogas y la condena es de cuatro años y seis meses de cárcel, indicaron voceros judiciales.
El fallo se conoció en las últimas horas en ámbitos de la Justicia Federal y de esta manera se cierra la investigación de la Fiscalía y la Policía, iniciada tiempo atrás que derivó en el desarrollo del proceso penal en virtud de las pruebas colectadas.
El hecho
Según la investigación de la Justicia, Héctor Osvaldo Muñoz y Gonzalo Muñoz, se dedicarían a la comercialización ilícita de material estupefaciente.
La teoría se reflejó en el secuestro de recortes de nylon, envoltorios de nylon negro que contenían clorhidrato de cocaína, hallados durante los procedimientos de la policía.
Asimismo, se incautó una balanza de precisión digital marca “WH-BO5”, con pilas colocadas y en funcionamiento, en la que al momento del allanamiento, fue utilizada para pesar la sustancia hallada.
Según la causa, el pasaje dio como resultado un peso total de 136,87 gramos de la droga mencionada anteriormente; además, se halló una bolsa que contenía “cannabis sativa linneo”, un envoltorio de nylon celeste con igual sustancia pero en forma compacta, más otro trozo compacto de “cannabis sativa linneo”.
En total, el material incautado se trató de 126,93 gramos de clorhidrato de cocaína con sustancias de corte y con efectos psicodélicos, alteraciones visuales y estimulantes, entre otros estupefacientes.
A ello se sumó el secuestro de otros elementos probatorios vinculados a la actividad, entre ellos, teléfonos celulares que luego fueron analizados durante la etapa de instrucción de la causa caratulada como “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.
Calificación legal
Para los jueces intervenientes y de acuerdo con las descripciones realizadas, el caso debió calificarse como “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, previsto y penado en el art. 5° inc. c) de la ley 23.737 (Drogas).
El delito que se le enrostra a los encausados, exige un elemento subjetivo de intención trascendente -fin de comercialización-, que surge inequívocamente acreditado si se consideran globalmente los hechos reales y probados citados en la materialidad y participación de los imputados.
Cabe recordar que todo el proceso legal se desarrolló en el Juzgado Federal en Primera Instancia de Necochea, a cargo de Bernardo Bibel, y se elevó a juicio oral al Tribunal Federal de Mar del Plata que dictó la condena a padre e hijo domiciliados en nuestro medio. ///