Penas de entre 6 meses y 2 años de prisión
Por incumplir la cuarentena, dispone el Código Penal
Desde la Justicia se indicó que las personas que violen las medidas adoptadas en la emergencia sanitaria para evitar la propagación de la epidemia, podrían ser pasibles de una pena en expectativa de entre seis meses y dos años de prisión.
Por su parte, el artículo 239 del Código Penal “reprime” con prisión de quince días a un año a toda persona que resista o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le preste asistencia a requerimiento de aquel, o en virtud de una obligación legal.
Además, el decreto de necesidad de urgencia del presidente le da la potestad al Ministerio de Seguridad de “disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el presente decreto y procederá a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario, a fin de evitar el desplazamiento de los mismos, para salvaguarda de la salud pública y para evitar la propagación del virus”.
Conducta infractora
En el mismo decreto, se explica que “cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.
El artículo 205 hace referencia a toda persona que viole las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia, en este caso particular el coronavirus. En este artículo se prevé una pena en expectativa que va desde los seis meses de prisión a los dos años.
El DNU firmado por el presidente Alberto Fernández dispone controles permanentes en “rutas, accesos, vías y espacios públicos”, como está ocurriendo en Necochea y Quequén, además, en los caminos de acceso.
Detenidos e imputados
Se decretó el “aislamiento y distanciamiento social obligatorio” en el marco de la pandemia por el coronavirus y quienes incumplan con la norma podrían quedar detenido por las fuerzas de seguridad y luego imputados por la Justicia Federal que interviene en este tipo de casos.
“A fin de proteger la salud pública”, explica el decreto necesidad de urgencia, “se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio. La misma regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica”.