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    ¿Qué cambios trae el Monotributo? Todo lo que tenés que saber sobre la recategorización 2025

    ARCA habilitó la recategorización del Monotributo con nuevas escalas desde el 1/2/2025. Conocé los valores actualizados y cómo realizar el trámite simplificado.

    16 de enero de 2025 | 15:56
    Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
    Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)
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    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que, desde hoy y hasta el 5 de febrero, está habilitado el sistema para que los contribuyentes puedan, en caso de que les corresponda, realizar su recategorización en el Monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado en enero.

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    “Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la Recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual”, señaló el organismo.

    Luego “si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editarlo manualmente”.

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    La recategorización también se puede realizar desde un celular a través de la app ARCA Móvil.

    La Recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo, aclaró ARCA.

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    El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables.

     

    ¿Cuánto hay que pagar de monotributo desde febrero de 2025?

    A continuación, se detallan los valores del monotributo aplicables desde el 1° de febrero de 2025 por categoría:

    • Categoría A:
      • Ingresos brutos: $7.813.063,45
      • Superficie afectada: hasta 30 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 3330 Kw
      • Alquileres anuales: $1.816.991,50
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $32.221,32
      • Total ventas de cosas muebles: $32.221,32
    • Categoría B:
      • Ingresos brutos: $11.447.046,44
      • Superficie afectada: hasta 45 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 5000 Kw
      • Alquileres anuales: $1.816.991,50
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $36.679,00
      • Total ventas de cosas muebles: $36.679,00
    • Categoría C:
      • Ingresos brutos: $16.050.091,57
      • Superficie afectada: hasta 60 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 6700 Kw
      • Alquileres anuales: $2.483.221,72
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $42.951,26
      • Total ventas de cosas muebles: $41.982,19
    • Categoría D:
      • Ingresos brutos: $19.926.340,10
      • Superficie afectada: hasta 85 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 10000 Kw
      • Alquileres anuales: $2.483.221,72
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $55.047,33
      • Total ventas de cosas muebles: $53.714,87
    • Categoría E:
      • Ingresos brutos: $23.439.190,34
      • Superficie afectada: hasta 110 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 13000 Kw
      • Alquileres anuales: $3.149.451,93
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $77.946,73
      • Total ventas de cosas muebles: $70.436,50
    • Categoría F:
      • Ingresos brutos: $29.374.695,90
      • Superficie afectada: hasta 150 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 16500 Kw
      • Alquileres anuales: $3.149.451,93
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $98.096,95
      • Total ventas de cosas muebles: $84.530,08
    • Categoría G:
      • Ingresos brutos: $35.128.502,31
      • Superficie afectada: hasta 200 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 20000 Kw
      • Alquileres anuales: $3.755.115,76
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $149.836,63
      • Total ventas de cosas muebles: $103.321,64
    • Categoría H:
      • Ingresos brutos: $53.298.417,30
      • Superficie afectada: hasta 200 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 20000 Kw
      • Alquileres anuales: $5.450.974,50
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $340.061,68
      • Total ventas de cosas muebles: $206.815,64
    • Categoría I:
      • Ingresos brutos: $59.620.000,00
      • Superficie afectada: hasta 200 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 20000 Kw
      • Alquileres anuales: $5.450.974,50
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $626.993,55
      • Total ventas de cosas muebles: $309.020,04
    • Categoría J:
      • Ingresos brutos: $68.318.880,36
      • Superficie afectada: hasta 200 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 20000 Kw
      • Alquileres anuales: $5.450.974,50
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $759.420,03
      • Total ventas de cosas muebles: $377.851,82
    • Categoría K:
      • Ingresos brutos: $82.370.281,28
      • Superficie afectada: hasta 200 m²
      • Energía eléctrica consumida: hasta 20000 Kw
      • Alquileres anuales: $5.450.974,50
      • Precio unitario máximo: $466.361,15
      • Total locaciones y servicios: $1.050.323,75
      • Total ventas de cosas muebles: $456.773,19

    Estos valores son los montos que deberán considerar los monotributistas según la categoría correspondiente.

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    ¿Qué pasa si se tiene más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses?

    • Proyección anual utilizando la regla de 3 simple
    • Ejemplo de inicio de actividad: mayo 2024 a diciembre
    • Total facturado: $5.000.000
    • Cálculo de proyección:
      • Meses de actividad: 8 meses
      • Cálculo: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $7.500.000

     

    ¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?

    • Artículo: 52
    • Régimen: Simplificado para Pequeños Contribuyentes
    • Ley: 24.977
    • Parámetros actualizados: Semestralmente
    • IPC a considerar para la actual recategorización: Julio a diciembre
    • IPC a considerar para la próxima recategorización: Enero a junio

     

    ¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?

    1. Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual.
    2. Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.

     

    ¿Cómo pagar el monotributo?

    • El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente.
    • Los nuevos valores a abonar estarán vigentes el 20 de febrero.
    • Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago.
    • Se puede corroborar la fecha de vencimiento y el monto a abonar a través del portal Monotributo.
    • Opciones para el pago de las cuotas:
      • Volante Electrónico de Pago (VEP)
      • Homebanking
      • Cajero automático
      • Tarjeta de crédito
      • Débito automático en cuenta bancaria
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