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    Que retroceda la frontera de la impunidad

    16 de octubre de 2018 | 21:05
    Que retroceda la frontera de la impunidad
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    Si la Cámara de Diputados insiste en la redacción original y sanciona la ley de extinción de dominio, nuestro país dará un avance inmenso en materia de la lucha contra la corrupción

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    Como todos los delitos de guante blanco, los actos de corrupción son difíciles de detectar, de probar y de condenar. Esto es así en Argentina y en el resto del mundo. ¿Cuántas veces el pago de un soborno queda registrado en una filmación? ¿Cuántos testigos están dispuestos a contar lo que saben, sin miedo a las represalias de las mafias?

    Sin embargo, para solucionar este problema, propio de la naturaleza de la corrupción político-empresarial, tanto la Constitución Nacional, en su artículo 36, como el Código Penal, en el artículo 268, prevén el delito de enriquecimiento ilícito.

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    De aplicarse con más frecuencia por parte de los jueces, esa figura sería de una extrema eficacia para combatir la corrupción de un Estado. Esto se debe a que, frente a la dificultad de probar tipos penales como el cohecho, comúnmente conocido como pago de coimas, el resultado final de ellos es siempre el mismo: el crecimiento injustificado del patrimonio de los funcionarios públicos.

    En efecto, el móvil de quien incurre en estos actos ilegales es claro: la avaricia, la ambición de poder desmedida y salvarse económicamente, a veces por varias generaciones. A expensas del trabajo de los contribuyentes, claro está.

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    Absurdos

    Ahora bien, quienes dedicamos tiempo a la investigación y a la denuncia de la corrupción nos encontramos, entre otras dificultades, con la siguiente: la pretensión de algunos fiscales de que los presuntos delincuentes hayan inscripto sus bienes en los respectivos registros públicos, como el de la Propiedad y el del Automotor, y declarado sus ingresos ante la autoridad tributaria. Sí. Así de absurdo como suena, y ocurre en todo el país.

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    ¿Qué intendente que reciba pagos ilegales va a declarar esos ingresos o registrar donde es debido, y con su nombre, los bienes que adquiera con ese dinero? Desde luego que ninguno.

    Por ese motivo, el Código Penal prevé una sanción también para aquellos testaferros que presten sus nombres para la inscripción de bienes que en realidad no les pertenecen.

    Si un fiscal quiere quitarse de encima una causa que lo incomoda, porque involucra a políticos o a empresarios poderosos, manteniendo el criterio de investigar el patrimonio “formal” y no el “real” del sospechoso, puede hacerlo fácilmente.

    Le basta con enviar oficios a los registros de la Propiedad y del Automotor y así sobreseer a los imputados, al ser informado por los organismos oficiales de que el funcionario en cuestión es más pobre que Arturo Illia y que José “Pepe” Mujica juntos.

    Y esto ocurre aunque su único ingreso conocido sea el sueldo de funcionario, y así y todo viaje al exterior más de cinco veces por año, conduzca autos de alta gama y viva en las principales mansiones de los más suntuosos barrios privados.

     

    Investigar en serio

    Precisamente, esta forma de “investigar” es la que hay que evitar. Los fiscales deben y pueden, mediante medios probatorios diversos, llegar a una conclusión sobre cuáles son los bienes que posee, en los hechos, el funcionario en cuestión.

    Si entra y sale todos los días de una misma casa y si conduce el mismo auto, por más que no lo tenga declarado, si no puede exhibir un contrato de locación o algún instrumento privado semejante, entonces el bien es de él o de ella.

    Si la Cámara de Diputados insiste en la redacción original y sanciona la ley de extinción de dominio, nuestro país dará un avance inmenso en materia de la lucha contra la corrupción. Tal como ocurrió en Irlanda luego del asesinato de la periodista Verónica Guerin a manos de sicarios del narcotráfico, y en una mayoría de países desarrollados.

    No obstante, con las leyes actuales, los fiscales tienen la posibilidad de avanzar con investigaciones de oficio, sin necesidad de que alguien haya interpuesto una denuncia penal, sobre el enriquecimiento injustificable de cientos de intendentes, gobernadores, legisladores, secretarios y ministros de todo el país.

    ¿Cómo es posible que nuestros municipios, nuestras provincias y nuestra nación fueran –y, en muchos casos, todavía lo son– usados como unidades de negocios hiperrentables por unas pocas bandas de ladrones y aun así no haya condenas firmes significativas por enriquecimiento ilícito?

    En el excelente libro titulado Impunidad: la corrupción en las entrañas del poder, la exjueza de instrucción de París de origen noruego Eva Joly relata con un detallismo exasperante los temibles peligros que implica enfrentarse a las mafias.

    Sin embargo, nos deja un mensaje alentador: si bien la impunidad nunca podrá ser derrotada del todo, podemos hacer retroceder su frontera.

    Nuestra Carta Magna equipara el enriquecimiento ilícito a la traición a la patria por atentado al orden democrático. Creo que ha llegado la hora del verdadero cambio: de que esas palabras pasen del papel y la tinta a la realidad, y no sólo con los kirchneristas.///

     

    Gregorio Hernández Maqueda- Abogado y dirigente de la Coalición Cívica-ARI

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