Rechazaron la “probation” para uno de los médicos venezolanos
Lo resolvió el juez Correccional Ernesto Juliano, tras la negativa de la Fiscalía de suspender el proceso a prueba
La suspensión del juicio a prueba, también conocida como “probation”, a favor de uno de los médicos venezolanos acusados en el caso por la muerte de Shaira, en San Cayetano, fue rechazada por la Justicia.
A punto de cumplirse dos años del deceso de la pequeña de 11 años, se conoció la decisión del Juzgado Correccional Nº 1 de no hacer lugar al requerimiento de la defensa de uno de los imputados, Miguel Pacheco Díaz.
En consecuencia, al negarse el planteo sobre la “extinción de la acción penal respecto de uno de los acusados”, el profesional deberá someterse a un juicio oral en los próximos meses, cuando se defina la fecha del debate en la sala del Correccional.
También estará sentado en el banquillo de los acusados otro facultativo de Venezuela, Manuel Rodríguez Infante, quien trabaja junto a Pacheco en el Hospital Municipal de San Cayetano.
La absurda muerte de Shaira Smoulenar se produjo el 1 de mayo de 2020, entre las 17.30 y las 18, tras una serie de negligencias expresadas por los médicos en cuanto al diagnóstico de salud, según la investigación judicial y policial.
Cabe acotar que la denuncia sobre lo sucedido hace dos años en el Hospital Municipal de San Cayetano, la radicó el papá de la niña, César Smoulenar.
Los considerandos
“El estado de las presentes actuaciones, en las que ha sido solicitada por la defensa del encartado Miguel Pacheco Diaz la suspensión del proceso a prueba, ello con fundamento en la ausencia de antecedentes y la calificación legal asignada al
hecho imputado”, expresa la resolución del juez Correccional, Ernesto Juliano.
Indica que al darle traslado de la cuestión a la Fiscalía, “la representante del Ministerio Público Fiscal manifestó su oposición al requerimiento con fundamento en que la figura legal en que se encuadra la conducta atribuida al causante ‘homicidio culposo’, artículo 84 del Código Penal y prevé la imposición de una pena de inhabilitación”.
En ese sentido, la Fiscalía marcó su rechazo al “instituto de la probation” o suspensión del juicio a prueba, tras el planteo realizado por el defensor del médico Miguel Pacheco Díaz.
La acusación
“En consonancia con lo dictaminado por la acusación, considero que resulta clara y contundente la intención del legislador plasmada en el artículo 76 bis, último párrafo del Código Penal, en cuanto a la improcedencia del instituto de suspensión del proceso a prueba, con respecto de aquellos tipos penales que prevean pena de inhabilitación, como acontece en este supuesto”, manifiesta el dictamen del Juzgado Correccional.
Al momento de resolver la cuestión, el juez Ernesto Carlos Juliano, decidió “rechazar la solicitud de suspensión del proceso a prueba”, planteo efectuado por el abogado que patrocina a uno de los médicos venezolanos.
Asimismo, el magistrado dispuso un pronto despacho para la designación de audiencia de debate oral en la sala del Juzgado Correccional Nº 1.