El juez Correccional por el beneficio de “la duda” absolvió a Martín Traico
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El magistrado, Ernesto Juliano, consideró que la víctima, Nicolás Ruiz (19), asumió riesgos en su accionar como la “excesiva velocidad, circular sin prioridad de paso y la no utilización del casco reglamentario”. Apelarán el dictamen
El juez Correccional absolvió libremente a Martín Traico (40), tras ser acusado del delito de “homicidio culposo” por el que fue llevado a juicio oral y del que resultó víctima el motociclista Nicolás Facundo Ruiz (19).
Ernesto Juliano se apoyó en el “beneficio de la duda” y consideró que no había “certeza positiva para condenar” al imputado, quien protagonizó el trágico accidente en la madrugada del 6 de octubre de 2017, en calles 32 y 73.
Como se ventiló en el debate, Traico conducía una camioneta y tras ser embestido por el joven que perdió la vida casi en forma instantánea, se alejó del lugar y tras permanecer diez días en carácter de prófugo de la Justicia se entregó.
El magistrado en su dictamen, al que tuvo acceso Ecos Diarios, entendió que el conductor de la moto asumió “una sumatoria de riesgos como: excesiva velocidad, circulación sin prioridad de paso, resultar el objeto activo (embistente) y la no utilización del casco reglamentario”.
Calificó de “imprudente” el manejo del motociclista en cuanto al “peligro previsible y evitable” e hizo alusión a un fallo del juez de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, Eduardo de Lázzari, en un caso de “homicidio culposo”.
Difícil decisión
El juez Juliano en el dictamen dejó por sentado que “entiendo y comparto el dolor de los familiares del joven Ruiz. Siempre resulta muy dolorosa la pérdida de un ser querido, máxima tratándose de una vida tan joven, y la forma en que ocurrió tan trágica”.
Reconoció que “más difícil se hace la tarea del juzgador, al analizar la prueba legalmente colectada y acercada al debate, realizar o no un juicio de reproche sobre la persona sometida a proceso, una vez efectuada la acusación por el actor penal”.
Al momento de dar a conocer su decisión, el juez Correccional, hizo referencia a Julio Maier en el libro “Derecho Penal”, tomo I en el capítulo “Fundamentos”, editado en 1996.
“Es correcto afirmar que sólo la certeza positiva permite condenar y que los demás estados del juzgador respecto de la verdad remiten a la absolución, como consecuencia del ‘in dubio pro reo’”, coincidió el magistrado al brindar el veredicto.
Recuperó la libertad
Martin Traico llegó al edificio del Juzgado Correccional pasadas las 13.30 de ayer con las esposas colocadas y custodiado por dos efectivos del servicio de Traslado de Detenidos.
Uno de los agentes le retiró “los ganchos” en el interior de la sala y saludó a su abogado y a los familiares que lo acompañaron como ocurrió durante todo el desarrollo del debate oral.
Tras escuchar la sentencia, el hombre de 40 años (los cumplió el pasado domingo 14) recuperó la libertad en el mismo Juzgado Correccional y la propia secretaria de dicho organismo lo notificó que cesaba la medida de arresto domiciliario.
Beneficio de la duda
“La absolución por el beneficio de la duda es una sentencia judicial penal absolutoria fundada en la falta de plena prueba sobre la culpabilidad del imputado… En el derecho penal moderno para condenar a una persona no basta con que el juez sepa que es culpable de un delito”, según la enciclopedia libre Wikipedia.
“Es una aberración jurídica y como madre me siento más destruida”
Aseguró Andrea Lavia, la mamá de Nicolás Ruiz
Andrea Alejandra Lavia, la madre del motociclista fallecido, se abrazaba y lloraba con sus familiares y amigos que la contuvieron durante todo el transcurso del debate oral. No podía comprender la decisión que acababa de escuchar.
“Vine a buscar justicia y no me llevo nada, aún más tristeza y el deseo que a otros ciudadanos no les pase lo mismo que a mí, inclusive, no sé si esta persona (por el acusado) está en su sano juicio”, afirmó.
Reconoció que el fallo de ayer “es una aberración jurídica para mí y como madre me siento destruida, más de lo que estaba antes”. Añadió que “estamos ante una injusticia inmensa, el hecho que ocurrió está más que a la vista, mi hijo murió y este individuo se va a su casa como si nada hubiera ocurrido”.
El máximo de pena
La mujer señaló ante los periodistas que “me sorprendió el dictamen, claro que sí, más allá del pedido que hizo el doctor (Horacio) Sirimarco que era la pena máxima por el código procesal, el señor Traico tenía otras causas acumuladas. Entonces, estamos ante la total impunidad en este caso”.
Al ser consultada sobre si consideraba que hubo elementos probatorios suficientes para que exista otro fallo, Andrea Lavia respondió que “si hubo pruebas concretas para condenarlo, para la opinión pública también, pero parece que para el juez (Ernesto Juliano) no”.
La madre del chico que tenía 19 años cuando murió en octubre de 2017, volvió a manifestar su bronca por la decisión de absolver al imputado y señaló que “me parece una aberración, realmente, un falta de respeto total hacia la vida de una persona, en este caso, la de mi hijo (Nicolás Facundo Ruiz), pero por sobretodo, hacia todos los ciudadanos”.
Apelarán la medida
El abogado Juan Pablo Roselló asistió legalmente a Andrea Lavia como particular damnificada en el juicio a Martín Traico y en una breve declaración en el exterior del Juzgado Correccional, expresó que “dejó de lado el derecho y la realidad, últimamente, es una práctica habitual del juez Ernesto Juliano, es lo único que puedo decir”.
El letrado confirmó que la sentencia será apelada ante la instancia superior del Tribunal de Casación.
“Estamos sorprendidos, creemos desde la Fiscalía que había elementos suficientes para condenarlo pero no lo entendió así el juez (Ernesto Juliano) y apelaremos el fallo”, sostuvo ayer el fiscal Horacio Sirimarco, de la UFI Nº 30 que investigó el “homicidio culposo”. ////