Seguros de autos: cuáles serán los nuevos límites de cobertura a partir de 2027
El Gobierno nacional oficializó una actualización en los montos de Responsabilidad Civil para vehículos, transporte de pasajeros y franquicias, estableciendo un esquema de revisión anual.
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La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) aprobó una actualización integral de las sumas aseguradas y franquicias para los seguros de Responsabilidad Civil en vehículos automotores y remolcados. La medida, formalizada a través de la Resolución 480/2026 y firmada por el superintendente Guillermo Plate, introduce cambios significativos en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA).
Uno de los puntos centrales de la normativa es la implementación de una revisión anual para las sumas aseguradas y las franquicias. Según los considerandos de la resolución, el organismo busca adaptar la periodicidad de los ajustes al contexto macroeconómico de estabilidad de precios, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad tanto a las aseguradoras como a los asegurados.
Nuevos límites para seguros voluntarios
Para los seguros voluntarios de Responsabilidad Civil, la norma establece dos niveles de cobertura. En el primer grupo, que abarca automóviles, camionetas, vehículos remolcados, autos de alquiler sin chofer, motovehículos, bicicletas con motor y casas rodantes, se fija un límite único de 270 millones de pesos por acontecimiento.
El segundo nivel, destinado a vehículos con mayor riesgo, establece un tope de 590 millones de pesos. Esta categoría incluye a taxis, remises, maquinaria rural y vial, camiones, acoplados, servicios de urgencias y vehículos de las fuerzas de seguridad.
Transporte de pasajeros
La normativa también impacta en el transporte público. Para los vehículos de categoría M1, con hasta ocho asientos adicionales al del conductor y un peso máximo de 3.500 kilogramos, la cobertura será de 590 millones de pesos. En el caso de las categorías M2 y M3, que corresponden a unidades con más de ocho asientos, el límite asciende a 880 millones de pesos.
Asimismo, se fijó un nuevo importe para el descubierto obligatorio o franquicia en el transporte de pasajeros, el cual quedó establecido en 4.400.000 pesos por acontecimiento. La resolución aclara que esta franquicia es de aplicación obligatoria para la subrama de servicios públicos, mientras que en el transporte privado las aseguradoras mantienen la facultad de reducirla o eliminarla.