Suspendieron por 15 partidos al arquero Damián Ferrero
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Tras los incidentes, se le dio el partido ganado a Rivadavia
El Tribunal de Penas de la Liga Necochea de Fútbol difundió su fallo tras los graves incidentes en el partido entre Rivadavia y Gimnasia del pasado 30 de julio, por el torneo de primera división, sancionado con 15 partidos de suspensión al arquero Damián Ferrero y dándole por ganado el encuentro a Rivadavia por 3-1, resultado que se registraba al momento de la suspensión y cuando restaban 25 minutos de partido.
En lo deportivo, Rivadavia logra así retornar a lo más alto de la tabla de la zona A, con dos puntos de ventaja respecto de Villa del Parque.
“Semiplena prueba”
En cuanto a la sanción a Damián Ferrero, arquero de Gimnasia, en su extensa resolución el Tribunal transcribe que fue el único identificado por el juez asistente Maximiliano Luiz como el autor de la agresión que recibiera -un puñetazo en el estómago- y que obligó a suspender el partido. El Tribunal también acredita el descargo realizado por Ferrero, quien acuerda haber estado presente en el tumulto pero niega ser el responsable de la agresión. Sin embargo, como ocurre tantas veces, sin mayores testigos o pruebas y en la palabra de “uno contra otro”, el Tribunal entiende que el informe arbitral constituye semiplena prueba de los hechos y que la autoridad del encuentro es el árbitro y se presume la legalidad de sus actos hasta que se demuestre su error.
Tapó el arquero
Teniendo en cuenta la gravedad de los hechos consignados, y según el Tribunal probados, a Ferrero podría haberle cabido una sanción de uno y hasta cinco años de suspensión, de acuerdo al Reglamento de Trasgresiones y Penas, cuando se habla de agresiones a los árbitros o asistentes, según el artículo 183. Sin embargo, parece que el descargo de Ferrero fue valorado. La sanción se encuadró en el artículo 184, con penas de diez a treinta partidos para el jugador que “salivare, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro”, con un “ataque de menor violencia” respecto del artículo 183.///