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    Hallan “culpables” a tres hermanos por el asalto a la propietaria de un campo

    21 de noviembre de 2018 | 05:00
    Hallan “culpables” a tres hermanos por el asalto a la propietaria de un campo
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    Tres de prisión en suspenso recibieron Rosana, Sandra y Germán Toledo, en calidad de “coautores” del delito de “robo agravado en poblado y banda”, episodio perpetrado en la vivienda de la víctima

     

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    Tres hermanos fueron hallados “culpables” por el asalto cometido hace dos años a la dueña de un campo en su vivienda de Lobería. Las imágenes de las cámaras de seguridad urbanas fueron vitales para reconocer a los responsables del atraco.

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    El Tribunal Criminal Nº 1 dictó ayer un fallo condenatorio para Rosana, Sandra y Germán Toledo, todos oriundos de la vecina ciudad, quienes resultaron penalmente “coautores” del delito de “robo agravado en poblado y banda”.

    El atraco fue cometido a pena luz del día en el interior de un inmueble de calle Urquiza al 52, de Lobería, donde la propietaria de un establecimiento agrario fue sorprendida por una pareja de individuos que la obligó a ingresar a su casa por el garaje.

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    Luego, la mujer fue sometida a violencia física y psicológica, tras ser reducida y maniatada, al tiempo que los individuos se apoderaron ilegítimamente de dinero en efectivo y efectos personales de Mabel Roldán.

    El robo fue perpetrado el 17 de noviembre de 2016, después de las 17, y los responsables del atraco estuvieron durante varios minutos dentro de la casa, atemorizando a la señora en forma permanente.

     

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    La Fiscalía pidió 4 años

    La fiscal Silvia Gabriele, quien llevó adelante la investigación junto a la Ayudantía Fiscal de Lobería y la Estación de Policía Comunal, solicitó que se imponga a las personas imputadas la pena de 4 años de prisión de efectivo cumplimiento, con costas.

    Por su parte, los defensores particulares de los imputados se limitaron a solicitar las absoluciones para los tres hermanos Toledo por el “beneficio de la duda”.

    En función de las atenuantes y agravantes consideradas, y particularmente por las características de las personas imputadas, el juez Mario Alberto Juliano entendió que la pena solicitada por la fiscal era excesiva.

    “En su lugar, entiendo apropiada la imposición del mínimo de la escala penal, esto es, la pena de tres años de prisión en los tres casos, la que deberá dejarse en suspenso”, explicó el magistrado en el fallo conocido ayer en el recinto del Tribunal Criminal Nº 1 de nuestra ciudad.

     

    Cumplimiento condicional

    La especial forma de cumplimiento, ejecución condicional (no van a la cárcel), se fundamenta en la falta de antecedentes de las tres personas, aunque los condenados deben cumplir con una serie de reglas de conducta, mantener el domicilio fijado y someterse al contralor del Patronato de Liberados.

    La sentencia se conoció ayer en la sala del Tribunal Criminal Nº 1 y el juez Juliano realizó una explicación acerca de cómo llegó al dictado de la sentencia condenatoria, mientras que luego se leyó la parte resolutiva.

     

    Autores materiales y una partícipe necesaria

    En su decisión, el juez Mario Juliano dio por acreditado el violento atraco perpetrado el 17 de noviembre de 2016 en Lobería, siendo aproximadamente las 17.10, lo que generó perjuicios psicológicos a la propietaria de un campo del vecino distrito.

    Para la Justicia, Germán “Pachi” Toledo y Rosana Toledo, aguardaron el momento en que la señora Mabel Ethel Roldán ingresaba a su domicilio, sito en calle Urquiza al 52, de Lobería, para colocarse detrás de la víctima.

    Los acusados empujaron a la víctima hacia el interior de la vivienda y ejercieron violencia física y psicológica hacia la mujer, a quien redujeron y maniataron para luego apoderarse ilegítimamente de dinero y efectos personales.

    Los responsables del robo contaron con la participación necesaria y activa de Sandra Toledo, quien utilizando su vehículo marca Volkswagen Bora dominio FSE-017, de color gris, acercó a sus dos hermanos hasta el escenario de los hechos.

     

    Control externo

    La conductora del automóvil permaneció en inmediaciones de la vivienda de la víctima y controló los movimientos externos, a los fines de evitar la frustración del ilícito sobre la damnificada que estaba totalmente indefensa.

    Posteriormente, los tres individuos se dieron a la fuga con los elementos sustraídos a bordo del rodado que se encontraba en inmediaciones de la finca de calle Urquiza al 50, de Lobería.

    Fue vital para los investigadores policiales las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del municipio loberense y, durante el juicio oral a los imputados, policías confirmaron la participación de los acusados.

    Precisamente, en la consulta a las filmaciones grabadas por los aparatos urbanos, se pudo identificar al hombre y a la persona que lo acompañaba al momento de ser cometido el ilícito en la casa de Roldán.

     

    Hermanos “coautores”

    Al momento de brindar su veredicto, el juez consideró que la participación de Germán Toledo y Rosana Toledo en el hecho, ha sido a título de “coautores”, por haber desplegado los nombrados la conducta descripta en el núcleo del tipo penal.

    En cuanto a Sandra Toledo, lo hizo como “partícipe necesaria”, ya que prestó colaboración indispensable en la comisión del violento robo perpetrado en la vivienda de la damnificada.

    En conclusión, en el fallo condenatorio el juez Juliano explicó que la conducta desplegada por los hermanos Toledo “les es atribuible en su doble faz de responsabilidad y culpabilidad estricta, por ser un hecho que pudo haber omitido en el caso concreto, y por comprender y dirigir plenamente sus acciones”.

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