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    Un camionero fue condenado por hechos de violencia de género

    Golpeó y amenazó de muerte a su expareja en Quequén y la Justicia le unificó otras causas judiciales que registraba en Azul

    13 de junio de 2026 | 00:54
    Edificio. Del Departamento Judicial de Azul, donde se conoció el fallo condenatorio
    Edificio. Del Departamento Judicial de Azul, donde se conoció el fallo condenatorio
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    Un camionero de 29 años que golpeó y amenazó con un cuchillo a su expareja en la zona portuaria de Quequén mientras aguardaba el permiso de descarga, fue condenado a 7 años de prisión de efectivo cumplimiento y cumple la pena en la Alcaidía Nº 44, de Batán.

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    La Fiscalía Nº 10 de Necochea de la temática de violencia de género, le imputó los cargos legales a Héctor Smith, transportista de la localidad de Chillar, mientras que la Justicia Correccional de Azul, unificó las otras causas que mantenía abiertas en esa ciudad del centro de la Provincia.

    Tras las elevaciones a juicio dispuestas por cada uno de los magistrados a cargo de los Juzgados de Garantías que previnieron, y tras la declaración de incompetencia del titular del Juzgado en lo Correccional de Necochea, ambos procesos quedaron radicados definitivamente en el órgano jurisdiccional de Azul.

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    Múltiples causas

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    En ese sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal, Marcelo Claudio Fernández, requirió la condena de Smith como autor penalmente responsable de los delitos de: “privación ilegal de la libertad agravada, coacción agravada (dos hechos) por el uso de arma propia e impropia, coacción simple, amenazas simples, amenazas agravadas por el uso de arma impropia y lesiones leves agravadas; y

    en causa principal: privación ilegal de la libertad, lesiones leves calificadas y amenazas agravadas por el uso de arma”.

    Al momento de solicitar la condena para el camionero, el fiscal “no valoró atenuantes ni eximentes y como agravantes, planteó el contexto de violencia de género en que se produjeron los hechos, desarrollado de modo extremo, violento, con una conducta obsesiva, golpes, exhibiciones de armas, amenazas constantes y sin dejarla salir o

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    mantener contacto con otras personas”.

     

    Condena anterior

    Según la investigación policial y judicial, el transportista de 29 años contaba con una condena anterior de tres años de prisión de cumplimiento condicional por similares delitos.

    La Fiscalía solicitó que “debe ser valorado para imponer un mayor reproche penal, el alto grado de disvalor de acción y resultado; la reiteración de hechos; y el gravísimo trauma ocasionado en la psiquis de la expareja del acusado, prolongado en el tiempo, donde todavía se siente coaccionada y culpable de lo sucedido, de haber sido sometida y que el individuo se encuentre detenido, demostrando la existencia del círculo de violencia”.

    Cabe recordar que, al momento de alegar, el defensor particular Javier Mengochea, sostuvo también una serie de planteos al momento de alegar, en relación a que el magistrado debería tener en cuenta los hechos ocurridos en Necochea-Quequén.

    Al respecto, peticionó que en caso de corresponder una sanción se la imponga solo por los hechos de Necochea y no por los ocurridos en la localidad de Chillar.

     

    La sentencia

    En la jornada de ayer, se conoció la condena en el Juzgado en lo Correccional Nº 2, de Azul, de 7 años de cárcel de efectivo cumplimiento al camionero que fue imputado de los delitos de “amenazas calificadas, lesiones leves calificadas y privación ilegal de la libertad”.

    Y la Justicia de Azul, unificó otras causas que registraba en ese Departamento Judicial. 

    Según se supo, en la ciudad de Quequén, partido de Necochea, en el interior del camión marca Ford modelo 1723, dominio AD-575-CG, estacionado dentro de un predio de avenida Almirante Brown, en el período comprendido entre la noche del 5 de febrero de 2025 y las 7.15 del 6 de febrero de 2025, Héctor Smith se tornó agresivo con su pareja S.B.

    “La amenazó con una cuchilla con mango de madera de color marrón, colocándole la cuchilla en el cuello logrando con su accionar amedrentarla e infundir en su ánimo un temor cierto respecto a su vida e integridad física.

    Con el proceder adjudicado al imputado resultó lesionado el derecho a la libertad individual de la mujer”, expresa un tramo del fallo judicial que se conoció ayer. ///

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