Un desorden en los registros de titularidad que se ha extendido por años
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La Municipalidad se ha llegado a autocobrar tasas por este motivo. Se imprimían boletas a plazas o inmuebles pertenecientes al propio Estado
Los comerciantes y titulares de empresas se quejan porque se ven “ahogados” por el cobro de tasas e impuestos, que están previstos en las normativas vigentes. Sin embargo, esas normativas, tanto provinciales como nacionales y municipales, a veces requieren de un estudio pormenorizado, que defina empíricamente qué es lo que se cobra y qué se brinda a cambio, o si el cobro como tal tiene una verdadera razón de existir.
Sabemos que a nivel nacional y provincial existen impuestos que debían ser temporales y que nunca más se sacaron, perjudicando de manera permanente a los emprendedores de distintos rubros, mientras que a nivel municipal, a lo largo de los años, se ha sostenido una ordenanza Fiscal Impositiva que se modifica en algunos puntos menores pero que mantiene una estructura general que no se estudia en detenimiento desde hace muchos años.
No obstante, existe un cambio en ella que hace que se pueda observar lo desprolijo del trabajo que ha venido realizando el municipio en cuanto al cobro de tasas y que, en muchos casos, la economía no ha sido más que un “dibujo” aproximado.
El artículo 91 de la actual ordenanza Fiscal Impositiva ha sufrido un cambio desde que está la actual gestión de Arturo Rojas, que la mayoría de la población ignora y que es importante porque demuestra lo poco depurados que han estado por décadas los registros de titularidad de los inmuebles que ha manejado el municipio.
En dicho artículo, se expresa que los inmuebles que tengan a la Municipalidad de Necochea como titular o que sean considerados terrenos fiscales, no debían abonar las tasas. Esto debió especificarse porque, en el registro que tienen de inmuebles que abonan dichas tasas, estaban edificios como el Hospital Ferreyra, sedes de dependencias pertenecientes a la comuna, terrenos de dominio municipal, el playón del Casino y hasta plazas. En total, son más de 200 los casos, de los cuales ya se han podido depurar alrededor de un centenar, que eran los más obvios.
Está claro que la Municipalidad no puede autocobrarse tasas, por lo que era una inconsistencia que se había mantenido por décadas y parece que nadie había notado hasta ahora. Esta inconsistencia, por supuesto, generó una deuda y una expectativa de cobro que no es real, porque esos inmuebles nunca pagarán ni la tasa actual ni las adeudadas, afectando, por lo tanto, el tan mencionado porcentaje de cobrabilidad que tiene Necochea.
Lo que restaría ahora, es que se cree una lista de todos estos inmuebles y que mediante un decreto se les condone a estos espacios de uso público los montos adeudados hasta la fecha, para así ir “emprolijando” estas inconsistencias que se han mantenido gestión tras gestión y que la actual pareciera está detectando.
Análisis
Cabe destacar que estos datos surgen de un minucioso análisis de la vigente Ordenanza Fiscal Impositiva (OFI) y de una comparación con la de años anteriores. También hay que mencionar que durante la campaña electoral pasada, varios candidatos a concejales aseguraron que era necesario hacer un análisis integral y detenido de la OFI, algo que por cuestiones de tiempo nunca termina ocurriendo.
Este análisis que realizó Ecos Diarios se da también en el marco de la última sesión del Concejo Deliberante, la número 12 de este año, donde la Escuela Modelo pidió ser condonada de la deuda de tasas (de los dos años de pandemia) por ser una institución educativa, obteniendo una respuesta negativa por parte de la Municipalidad y el bloque oficialista, ya que está claramente estipulado en la Fiscal Impositiva que estos establecimientos deben abonar normalmente las tasas, a menos que se trate de instituciones religiosas (aunque sean de gestión privada) o, por ejemplo, de asociaciones civiles sin fines de lucro que gestionan instituciones educativas. También se aclaró en la sesión que dicho colegio no dejó de cobrar las cuotas durante la pandemia, por lo que no le correspondía hacer dicho pedido.
En dicha sesión también se puso en duda si los partidos políticos debían o no pagar tasas, ya que actualmente están exentos.///
OFI: Artículo 91º
Están exentos de toda obligación tributaria municipal, de pleno derecho, los
inmuebles, actividades, actos, contratos, operaciones y actuaciones del Estado nacional, provincial y municipal, sus dependencias, reparticiones y organismos autárquicos y descentralizados, salvo que la actividad o la prestación de servicios públicos constituyan actos de comercio o industria.///