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    Un fallo judicial que intenta proteger el accionar policial

    19 de julio de 2022 | 21:44
    Un fallo judicial que intenta proteger el accionar policial
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    La jueza Mariana Giménez puso en conocimiento de la Comisión de Género de la Suprema Corte bonaerense el dictamen alcanzado

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    “La debida diligencia reforzada en el Código Penal”, procura visibilizar el accionar del personal policial en cumplimiento de su deber, como le ocurrió a la oficial Belén Corvalán (27), quien acudió a un llamado de emergencia porque estaba en peligro una mujer.

    La señora Verónica Gonzálves viajaba en el automóvil que manejaba a alta velocidad por las calles de la ciudad, Andrés Morales, quien además la golpeó y la tomó del cabello, esa fatídica tarde del domingo 27 de diciembre de 2020.

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    La víctima bajó la ventanilla del rodado y pidió ayuda ante otros automovilistas y éstos avisaron de la anormalidad al servicio de emergencias 911, de la Policía.

    “Tamaña obligación amerita una clara protección, por lo que propicio poner el caso

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    en conocimiento de la Comisión de Género de la Suprema Corte de Justicia bonaerense”, expresa un tramo del dictamen de la jueza Mariana Giménez, recientemente conocido.

    “Así como también de las autoridades que corresponda, a los fines de considerar la necesidad de visibilizar esta obligación reforzada en el Código Penal y brindar protección reforzada a las personas obligadas, como la oficial de policía Belén Corvalán, “cuando se actúe en cumplimiento de la obligación de debida diligencia reforzada conforme artículo 7.B de la Convención de Belem do Para”, añade.

    Falta de guías

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    “Además, este caso (la muerte absurda de una joven oficial de Policía) desnuda la falta de guías de actuación en relación al cumplimiento de esa obligación de debida diligencia reforzada y preventiva, cuando recae en las fuerzas policiales, en este tipo de contextos de operativo policial mediante persecución vehicular”, señala el fallo de la jueza del Tribunal Criminal Nº 1

    Por lo tanto, la magistrada hizo alusión al citado artículo 7.B de la Convención de Belem do Para que debiera ser reglamentado, según la “lógica, sincera y razonada convicción”, de la integrante del Tribunal Criminal Oral Nº 1.

    Tratamiento en el penal

    La jueza en su resolución sobre la dura condena de 30 años para el exboxeador profesional de Benito Juárez, puso énfasis en la necesidad que Andrés Morales realice un tratamiento en el penal de Villa Cacique-Barker, sobre las buenas conductas y deje de lado la violencia.

    “En definitiva, se trata de instalar un proceso de formación de ‘nuevas y buenas’ masculinidades, que lleve a un pacto con los hombres por la no violencia”, expresa un tramo del fallo que se conoció días atrás.

    En ese sentido, la jueza Giménez hizo referencia a un análisis con mirada de género y se apoyó en la obra “Género y Derecho Penal”, dirigida por Genoveva Cardinali y Javier De La Fuente.

    “Debemos pensar seriamente en el diseño de algún modelo sistemático e integral de

    tratamiento para ofensores dentro de los establecimientos carcelarios, el cual debería ir de la mano de otros dispositivos de acompañamiento, educativos, de ayuda social y de diseño institucional”, indicó entre otros conceptos. ///

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