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    Un hombre fue condenado por un caso de violencia de género

    27 de mayo de 2021 | 22:17
    Un hombre fue condenado por  un caso de violencia de género
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    La pena de tres años es de prisión en suspenso, tras atacar a golpes a su expareja y provocarle daños en las piezas dentales

     

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    Un hombre fue condenado a prisión en suspenso (no va a la cárcel) luego de atacar a golpes a su expareja en el interior de una vivienda, a quien le provocó graves daños en las piezas dentales y lesiones en el resto del cuerpo.

    Mediante un trámite de juicio abreviado (sin debate oral), Sebastián Di Bello, fue sentenciado a tres años de prisión de ejecución condicional, aunque deberá cumplir con una serie de reglas de conducta durante el período mencionado.

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    El individuo debe fijar y mantener domicilio y someterse al contralor del Patronato de

    Liberados y tiene la prohibición de acercarse por cualquier vía a la víctima.

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    Por ejemplo, de forma física no menor a 500 metros de distancia y, en forma telefónica y/o por medios informáticos tampoco, según lo dispuso el Tribunal Criminal Nº 1 de nuestra ciudad.

    En ese sentido, la jueza unipersonal Mariana Giménez, encontró a Di Bello como “autor penalmente responsable del delito de lesiones graves calificadas, por haber mantenido el victimario con la victima una relación de pareja”.

    El fallo, al que tuvo acceso Ecos Diarios, se conoció en las últimas horas y el condenado ya cumple con las medidas impuestas por la Justicia local en este caso de violencia de género.

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    Los hechos

    Según la investigación de los hechos, quedó con certezas que el 29 de marzo de 2015, alrededor de las 23, Sebastián Oscar Di Bello se apersonó en el domicilio de su expareja, en nuestra ciudad.

    El hombre demostró un comportamiento violento y le propinó un golpe de puño el cual impactó en el rostro de la víctima.

    El ataque con su puño cerrado fue en la zona de la boca provocando la partición de una sus piezas dentales, más precisamente la incisivo lateral izquierdo superior, lo que produciría una deformidad en el rostro-estético y un posible trastorno de fonación.

    También las declaraciones testimoniales expuestas precedentemente dan cuenta

    del contexto de agresividad del victimario hacia la persona de la víctima, de antigua

    data.

     

    Violencia física y verbal

    De acuerdo con los dichos de la víctima, padecía en el tiempo de la relación sentimental con el individuo de episodios de  violencia física, verbal y psicológica, que se corroboraron luego con las declaraciones de dos vecinos de la víctima de violencia de género.

    En ese sentido, quedó plasmado en el dictamen de la Justicia, que hubo llamados de urgencia al servicio 911 de la Policía, durante esa jornada del 29 de marzo de 2015, donde se alertaba sobre las actitudes violentas de un hombre hacia una mujer.

    Inclusive, un pequeño habría sido testigo de las agresiones y es el hijo de ambas personas, producto de los años en que duró la relación sentimental, según se expresa en el dictamen judicial y la investigación realizada.

    Al respecto, la víctima realizó denuncias en la Comisaría de la Mujer y la Familia, prueba que sirvió también para incorporar al expediente del caso, que terminó luego con la realización de un acuerdo de juicio abreviado.

    En este tipo de situaciones, la Fiscalía y la defensa del imputado acuerdan un monto de pena y se consulta a la víctima si está de acuerdo o no con ese pacto.

    Posteriormente, un juez técnico admite o rechaza el convenio presentado en el ámbito de la Justicia.

     

    Encubrimiento

    Por otro lado, se conoció también que Di Bello fue sobreseído por extinción de la acción penal por prescripción, en otra acusación que tenía en su contra por el delito de “encubrimiento”, hecho ocurrido en fecha indeterminada y con anterioridad a mayor de 2016.

     

    Taller educativo 

    La jueza Mariana Giménez, quien ha participado en congresos y debates sobre la violencia de género, sugirió en el dictamen la realización de algún taller para el abordaje socio-educativo, destinado a personas involucradas en situaciones de violencia.

    Este aprendizaje se podría llevar adelante a través de la modalidad que estimen más conveniente en este caso y mediante la utilización de los recursos institucionales especializados en la temática.

    Ello en función de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en esta temática de violencia intrafamiliar, rigiendo el caso la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer”, señala la resolución del Tribunal Criminal Nº 1.

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