“Estereotipos de una sociedad ‘machista’ están siendo desterrados”
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Señaló el abogado Ariel Bello, quien consideró que esto se nota en las relaciones entre hombres y mujeres de las nuevas generaciones. Las leyes de protección contra la violencia de género y el caso de Thelma Fardin
“Nadie puede desconocer que aún hoy a la mujer se le sigue negando la igualdad con el varón en diferentes planos de la vida social (…) siendo ellas objeto de importantes discriminaciones que vulneran sus derechos”, destacó el abogado Ariel Bello, en el marco de un análisis sobre el rol de la mujer en la sociedad.
Sin embargo, advirtió que “la sociedad argentina está experimentando un crecimiento cultural paulatino. Se aprecia que viejos estereotipos de una sociedad “machista” están siendo desterrados de la vida social, y esto se puede ver en la relación entre mujeres y varones de generaciones más jóvenes que se desarrollan con mayor igualdad que en generaciones pasadas”.
Tras el reciente caso de Thelma Fardin y su denuncia de violación contra el actor Juan Darthés, el abogado Ariel Bello se refirió a la violencia de género, a las leyes vigentes y a los cambios sociales que empiezan a producirse en la búsqueda de la igualdad entre el hombre y la mujer.
Cuestionamiento de los roles
En el plano de las relaciones de pareja, Bello consideró que es fundamental “detectar manipulaciones, aproximaciones no solicitadas, tener claro que desde el principio se puede decir que ‘no’ a lo que no se siente ganas de hacer o de compartir con otra persona, para evitar relaciones tóxicas que conlleven a una posible situación violenta y, fundamentalmente, la mujer debe tener siempre presente que depende de su voluntad el alejarse de aquella persona que no comparte sus ideas, sus proyectos o sus deseos”.
Para erradicar la violencia de género, el abogado hizo hincapié en que es necesario un cambio en la forma de ver las relaciones entre mujeres y varones, un cuestionamiento de los roles sociales de cada uno de ellos, del lenguaje, entendiendo que todos gozamos de los mismos derechos independientemente de nuestro género sexual (masculino o femenino). Inculcar estos cambios culturales debe partir de las personas adultas con el objetivo de que se transmitan eficazmente a niños y niñas para que desde edades muy tempranas éstos tengan plena conciencia que nuestros vínculos afectivos, sociales y, principalmente nuestras relaciones de tipo sexual, se deben dar ineludiblemente en un marco de respeto y comprensión hacia la otra persona”.
En este sentido, explicó que cuando esos límites son vulnerados, el Estado a través de la Justicia debe imponer los castigos a los agresores y el cuidado a las víctimas.
Leyes vigentes
La ley N° 12.569 de la provincia de Buenos Aires es una herramienta fundamental, en los juzgados del fuero de Familia, para detener o evitar que se reiteren casos de violencia familiar. Cuando se habla de “familia” no es solo el modelo clásico de ésta, sino que también se comprende a las relaciones de noviazgo, pareja, uniones de hecho o convivencionales, toda relación de ascendencia (padres, abuelos) o descendencia (hijos, nietos).
La ley busca simplificar el trámite, determinando que la denuncia puede realizarse en forma verbal o escrita y sin formalidad alguna. Se busca que el hecho de violencia llegue a “oídos” de las autoridades judiciales de la “manera que sea” para lograr que el daño sobre la víctima no sea mayor, y así tomar las medidas necesarias para contener a la víctima y hacer cesar al agresor en su accionar.
“El juez que recibe la denuncia puede adoptar diferentes medidas de tipo preventivas para evitar la repetición de los actos de violencia, entre ellas, están la exclusión del presunto autor de la vivienda, prohibir el acceso del presunto autor al domicilio del damnificado, su lugar de trabajo, estudio o esparcimiento y/o fijar un perímetro de exclusión en favor de la víctima contra el agresor, como así también, puede arbitrar los medios necesarios para hacer cesar al agresor con sus actos violentos ordenando el reintegro al hogar a la víctima (si fue excluida), entre otras”, detalló el abogado.
En tanto, en el fuero de la Justicia Penal se investiga un hecho para constatar la existencia de un delito y, en el supuesto de existir el delito, se juzga a la persona sindicada del mismo en busca de la aplicación de una sanción (una pena), siempre y cuando se demuestre su culpabilidad.
Sobre el caso de Thelma Fardin que apareció en los medios de comunicación, denunciando al actor Juan Darthés, indicó que “generó una gran repercusión en la sociedad argentina” y detalló que “el supuesto delito denunciado por la actriz es el abuso sexual contemplado en el Art. 119 del Código Penal Argentino y ocurrió en la República de Nicaragua, lo cual determina que será investigado y juzgado conforme las leyes de ese país”.
Con respecto a este tipo de delito, explicó que “el abusador sexual vulnera la integridad y la libertad sexual de la víctima” y aclaró que “en estos casos, a la víctima le resulta difícil denunciar”.
“El temor y la vergüenza son sentimientos que se apoderan de la razonabilidad de la víctima y hacen que no actúe en consecuencia. Le resulta difícil exteriorizar (y mucho más denunciar) la situación traumática producto del delito. El miedo a nuevos actos de violencia por parte de su agresor contra ella o sus familiares y la vergüenza por reconocer que es víctima de este tipo de actos, provocan que la mujer abusada (también varones) le sea difícil encontrar la salida a su infierno”, explicó el abogado con relación a las razones que llevan a las víctimas a no denunciar o hacerlo varios años después.
Pero todas las herramientas que la legislación brinda no se activan si la víctima no exterioriza su situación, es decir, si la víctima no denuncia.
No obstante, Ariel Bello aclaró que no debemos olvidar que en nuestro país rige el principio de “presunción de inocencia” garantizado por la Constitución Nacional (Art. 18). Para que una persona sea considerada “culpable” debe existir un proceso judicial, en el cual el imputado del delito debe ser asistido por un abogado para su defensa, se debe llegar a una sentencia judicial fundada, emitida por jueces designados con anterioridad al hecho y la misma debe estar firme, es decir, se deben haber agotado los controles de los órganos judiciales de instancias superiores al órgano judicial que dictó la sentencia original (apelación). De lo contrario, la persona “se presume” inocente.
Bello hizo hincapié en la necesidad de que las personas –hombres y mujeres- conozcan sus derechos y las leyes que existen para proteger a las víctimas y castigar a los agresores. Además insistió en la necesidad de avanzar en todos estos temas desde el punto de vista educativo para “formar personas plenamente conscientes de que tienen el derecho a decidir si desean o no iniciar una relación, en qué momento pueden comenzarla, con quién compartirla, cuando culminarla y, principalmente, desarrollarla sin tener que tolerar hechos de violencia”.///
La necesidad de que se conozcan los derechos
El abogado Ariel Bello destacó que “el reconocimiento de la autodeterminación sexual y de género va más allá del cambio de nombre o sexo legal. Incluye la autodefinición, la gestión biológica del propio cuerpo, el reconocimiento de las múltiples expresiones de género, superando el binarismo jurídico varón-mujer. Implica que toda persona tenga la facultad de elegir sus opciones sexuales sin ningún tipo de injerencia de otra persona. Es la facultad de sentirnos libres en el desarrollo de nuestra sexualidad, saber que cada persona tiene el derecho de mantener sus relaciones sexuales con la persona que desee, en el momento que considere oportuno y, al mismo tiempo, sabiendo que tiene el derecho de mantenerla en el tiempo y ser respetada cuando tome la decisión de no continuarla”.
“En la medida que los derechos no se divulguen y se hagan conocer con políticas educativas por parte del Estado seguiremos corriendo al problema desde atrás con consecuencias siempre para algún sector de la sociedad”, advirtió.
En este sentido, mencionó que durante siglos fuimos formados con la idea de que el vínculo hombre/mujer debe desarrollarse “hasta que la muerte los separe” y fue así que pasadas generaciones de argentinos mantenían sus matrimonios forzados en un marco de hipocresía, haciendo ver a la sociedad un matrimonio “perfecto”, cuando “puerta adentro” no existía entre los cónyuges amor, proyectos en común ni ganas de continuar con la otra persona. Además agregó que “si había hechos de violencia hacia la mujer, eran silenciados y ocultados, incluso hasta negados por la propia víctima ante la falta de contención, protección y ayuda del sistema estatal y una sociedad machista que miraba para otro lado”.
Desde hace unos años a la fecha eso está cambiando. “Estamos comprendiendo que los vínculos deben desarrollarse en un marco de respeto (…) El desprendimiento de estereotipos sociales machistas y arcaicos debe ser una premisa fundamental en la educación de niños y niñas junto a abundante información en materia sexual para que cada persona sea plenamente consciente que tiene el derecho a decidir si desea iniciar una relación, si ese es su deseo en qué momento puede comenzarla, con quién compartirla, cuando culminarla y, principalmente, desarrollarla sin tener que tolerar hechos de violencia”.
“No todos contamos con la misma fortaleza interior para afrontar los hechos traumáticos de nuestra propia existencia, ni todos tenemos la contención necesaria de familiares o amigos frente a hechos de violencia y es por ello que Estado debe garantizar los recursos necesarios para que esas inequidades propias de la existencia de cada persona sean compensadas brindando a las víctimas de este tipo de delitos un medio para ser escuchadas, eficacia en la contención y una rápida protección para evitar que la tiranía del tirano acabe con la dignidad de su vida”, culminó.