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    Voto accesible: el derecho de todos y todas a votar sin dificultades

    La normativa electoral bonaerense garantiza el derecho al voto de las personas con discapacidad, promoviendo la accesibilidad y la eliminación de barreras para una participación plena.

    28 de agosto de 2025 | 16:07
    Voto accesible: el derecho de todos y todas a votar sin dificultades
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    Con la mirada puesta en las próximas elecciones provinciales y municipales que se celebrarán el 7 de septiembre, la Provincia de Buenos Aires reafirma su compromiso con la inclusión, garantizando el derecho de todas las personas a participar en la vida política. Los bonaerenses acudirán a las urnas para elegir a sus representantes en cargos provinciales (diputados y senadores) y municipales (concejales y consejeros escolares), en un proceso electoral que destaca por las medidas implementadas para asegurar la accesibilidad.

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    En este marco, se hace hincapié en el respeto a los derechos de las personas con discapacidad. El Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en Argentina goza de rango constitucional (Ley 27044), establece claramente el derecho a la participación política, tanto para votar como para ser votado. Por ello, se han implementado diversas medidas con el objetivo de eliminar las barreras y obstáculos que puedan existir en el proceso electoral.

    La Resolución 156 de la Provincia de Buenos Aires, que rige el Voto Asistido, es una de las herramientas clave para garantizar este derecho. Esta normativa establece la existencia de un Cuarto Oscuro Accesible (COA) en cada lugar de votación, un espacio diseñado para facilitar el ejercicio del sufragio a las personas con discapacidad.

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    Además, se otorgan derechos específicos para garantizar un proceso electoral sin dificultades:

    • Libre acceso y circulación: Toda persona con discapacidad tiene el derecho a entrar, permanecer y salir del lugar de votación sin barreras.

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    • Información accesible: Se debe proporcionar información clara, fácil de entender y en formatos accesibles.

    • Asistencia y apoyo: Los votantes pueden solicitar ayuda en cualquier etapa del proceso.

    • Cuarto Oscuro Accesible (COA): El votante puede elegir si desea votar en su mesa asignada o en el COA.

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    • Asistencia en el voto: Se permite el acompañamiento de una persona de confianza, la autoridad de mesa, o incluso un perro guía o de asistencia.

    • Prioridad: No es necesario hacer fila para votar. Los votantes con discapacidad pueden solicitar prioridad.

    Es importante destacar que para acceder a estas facilidades no es obligatorio presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD). El único requisito para votar es ser mayor de 16 años (o 18 para migrantes), tener domicilio en la provincia de Buenos Aires, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral.

    Para mayor información sobre el lugar de votación, se puede consultar el padrón en el sitio web oficial https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/. La provincia se prepara así para una jornada cívica donde la inclusión y el derecho a la participación son los pilares fundamentales.

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