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    La Justicia anuló la elección nacional de los metalúrgicos

    La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró nulos los comicios de la seccional Campana y la elección nacional de la UOM.

    23 de mayo de 2026 | 10:40
    Desplazado. La Cámara de Apelaciones del Trabajo declaró nula las elecciones de la UOM y removió al secretario general, Abel Furlan
    Desplazado. La Cámara de Apelaciones del Trabajo declaró nula las elecciones de la UOM y removió al secretario general, Abel Furlan
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    La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad de las elecciones realizadas en la seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y también de la elección nacional que había consagrado a Abel Furlán como secretario general del gremio.

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    Además, el tribunal ordenó el cese inmediato de toda la conducción y dispuso la intervención judicial de la UOM por un plazo de 180 días.

    La resolución fue dictada por la Sala VIII en el expediente iniciado por la Lista Naranja de Campana, que denunció irregularidades en el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.

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    En un fallo de fuerte impacto institucional, los jueces concluyeron que el proceso electoral “no garantizó una elección confiable, segura ni transparente” y sostuvo que se vulneraron principios de democracia y libertad sindical protegidos por la Constitución Nacional y el Convenio 87 de la OIT.

    El eje central de la sentencia estuvo puesto en el mecanismo de custodia de las urnas durante los tres días que duró la votación.

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    Según el fallo, las urnas permanecían bajo control exclusivo de la Junta Electoral seccional en la sede sindical, sin escrutinios provisorios diarios y sin garantías suficientes sobre la inviolabilidad de los votos.

    La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo remarcó que la elección debía realizarse en una sola jornada, salvo excepciones justificadas, y consideró que la extensión del proceso durante tres días exigía controles reforzados que no existieron.

    “No garantizó una elección confiable, segura ni transparente”, sostuvo la sentencia judicial.

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    También cuestionó que se hubiera invitado a los fiscales opositores a “pernoctar” en la sede sindical para custodiar las urnas, algo que calificó de “inaceptable e irrazonable”.

    “Inaceptable e irrazonable”, señalaron los jueces sobre el mecanismo de control de las urnas.///

     

     

     

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